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Vuelco en caso de Rodrigo Polanco en la PUC: Suprema establece que no se debe repetir sumario por acoso PAÍS

Vuelco en caso de Rodrigo Polanco en la PUC: Suprema establece que no se debe repetir sumario por acoso

En concreto, la joven acusó varias irregularidades y vulneraciones en un sumario realizado por la institución después que ella denunciara por acoso sexual al profesor de la PUC, tras lo cual la justicia ordenó anular el sobreseimiento que se determinó en un sumario interno y pidió hacer una nueva investigación. Sin embargo, esta decisión fue revocada por el máximo tribunal, por lo que la Católica no está obligada a repetir el sumario por acoso. 


La Corte Suprema revocó la decisión de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, tras acoger un recurso de protección presentado por una estudiante de teología de la Universidad Católica (PUC), quien acusó al sacerdote Rodrigo Polanco de acoso sexual.

En concreto, la joven acusó varias irregularidades y vulneraciones en un sumario realizado por la institución después que ella denunciara por acoso sexual al profesor de la PUC, tras lo cual la justicia ordenó anular el sobreseimiento que se determinó en un sumario interno y pidió hacer una nueva investigación.

Sin embargo, esta decisión fue revocada por el máximo tribunal, por lo que la Católica no está obligada a repetir el sumario por acoso. 

«Que según consta del sumario administrativo seguido contra Rodrigo Polanco Fernandois, se advierte que éste se desarrolló con pleno apego al “Reglamento Sobre la Responsabilidad Académica y Disciplinaria de los Miembros
de la Comunidad Universitaria”, al haberse instruido por una funcionaria designada al efecto, quien llevó a cabo una
exhaustiva investigación en la que tomó declaración a la denunciante, al denunciado y a los testigos, recabando
información documental que resulta irrefutablemente pertinente para formar convicción; todo lo cual, en definitiva, dio lugar a que propusiera el sobreseimiento definitivo, determinación validada por las autoridades respectivas y luego confirmada por la Comisión de Apelación», dice el fallo.

La resolución agrega: «se revoca la sentencia apelada de quince de febrero de dos mil diecinueve, sólo en cuanto acoge la acción deducida, y en su lugar se declara que se rechaza el recurso de protección deducido por María Molina Osorio en favor de Karla Huerta Martínez y en contra de Ignacio Sánchez Díaz, Rector de la Pontificia Universidad Católica de Chile; Marisol Peña Torres, Secretaria General; Guillermo Marshall Rivera, Rector Subrogante; María Graciela Donoso Espinoza funcionaria, y de los integrantes del Comité de Apelaciones Eduardo Valenzuela Carvallo, Máximo Bañados Lira, Olof Page Depolo, Lorena Medina Morales y Rosa María Lazo Rodríguez».

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