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Más problemas para Cenabast: Asilfa la demandó para permitir mayor competencia y que no se perjudique a laboratorios chilenos PAÍS

Más problemas para Cenabast: Asilfa la demandó para permitir mayor competencia y que no se perjudique a laboratorios chilenos

El máximo tribunal del país ordenó al organismo dependiente del Ministerio de Salud –en su fallo del 21 de diciembre de 2017– modificar sus bases de licitación, ya que estas perjudicaban a las empresas con menos espaldas financieras para soportar la mora en los pagos de las instituciones públicas de salud que compraban medicamentos. Hasta la fecha, la Central de Abastecimiento no cambió ni una línea de sus licitaciones, ni tampoco oyó las propuestas que para ello le hizo en su momento la Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos, razón por la cual demandó a la institución.


A las cuestionadas compras millonarias de medicamentos y la responsabilidad que tendría en estas gestiones su coordinador técnico de abastecimiento, Juan Cralos Corbeaux, ahora la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) enfrenta un nuevo problema. Este miércoles el organismo fue notificado de la demanda interpuesta por la Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos (Asilfa) ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), acusando que no ha cumplido con la resolución emitida por la Corte Suprema –en diciembre de 2017– que lo obligó a reformular sus bases de licitación tipo para la compra de medicamentos.

Se trata de una pelea que comenzó en el año 2015, cuando Asilfa sometió a consulta del TDLC las bases de licitación de la Cenabast, acusando que estas obligan a los proveedores  a soportar la «insolvencia y la morosidad» de los pagos de las instituciones públicas de salud, situación que –aseguraron– provoca barreras discriminatorias de entrada, ya que solo pueden participar del proceso aquellas compañías capaces de solventar esas condiciones. 

El abogado de Asilfa, Óscar Corvalán, comentó a El Mostrador que «como resultado de ese proceso, tuvimos la opinión en contra de la Fiscalía Nacional Económica y perdimos en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, pero ganamos en la Corte Suprema y esta, el 21 de diciembre de 2017, ordenó a Cenabast reformular sus bases de licitación tipo, porque constituían un abuso de posición dominante, ya que hacían soportar a los proveedores la mora, los impagos y la insolvencia de las instituciones públicas de salud que compraban medicamentos».

Corvalán agregó que la Corte además «las consideró una barrera de entrada, porque como las instituciones no pagan, no hay forma de defenderse y los plazos para pagar son muy largos. La barrera se expresa en que solo se meten a participar en el mercado las empresas dispuestas y con espalda financiera para soportar esas condiciones».

El fallo de la Corte Suprema estableció que «Cenabast ha utilizado su posición dominante en cuanto a la demanda y su calidad de mandataria concentradora del poder comprador, a fin de establecer las condiciones de mercado que hacen soportar a los oferentes las consecuencias de la mora de los deudores». 

La resolución agregó que «encontrándose (Cenabast) habilitada para ello, no ha generado incentivos para el pago regular y oportuno o alternativamente, un escenario que estimule la participación, competencia, ingreso y mantención de los oferentes en el mercado. Por el contrario, la regulación de los plazos de pago y las consecuencias de la mora configuran una barrera de entrada para nuevos competidores, puesto que los obligan a someterse a un contexto que requiere ser considerado, tanto para adoptar la decisión de presentar una oferta como para la fijación de precios». 

[cita tipo=»destaque»]El abogado dijo que entre los incrementos de requisitos está solicitar una autorización a Cenabast para suspender los despachos a una entidad morosa. «Los despachos no los puedes suspender autónomamente cuando te dejan de pagar (…) tienes que pedirle permiso a Cenabast y esta se da hasta 28 días corridos para decidir si te otorga o no esa autorización para suspender el despacho del producto que esté impago. Te pueden deber por otros productos, pero tú solo puedes suspender el envío del medicamento cuya factura está morosa», explicó.[/cita]

Sin embargo, año y medio más tarde, Asilfa acusó que la sentencia del máximo tribunal no ha sido acatada por Cenabast. Incluso, aseguraron que las condiciones han empeorado, ya que se aumentó el plazo de pago a proveedores que –según cálculo de  la asociación– puede demorar hasta 148 días. «Cenabast, además de incumplir el fallo, siguió licitando y ejecutando licitaciones adjudicadas en los mismos términos reprochados en la sentencia que dejó de cumplir y, más aún, los empeoró a mediados del 2018. Eso constituye un abuso de posición dominante», recalcó Corvalán. 

El abogado dijo que entre los incrementos de requisitos está solicitar una autorización a Cenabast para suspender los despachos a una entidad morosa. «Los despachos no los puedes suspender autónomamente cuando te dejan de pagar (…) tienes que pedirle permiso a Cenabast y esta se da hasta 28 días corridos para decidir si te otorga o no esa autorización para suspender el despacho del producto que esté impago. Te pueden deber por otros productos, pero tú solo puedes suspender el envío del medicamento cuya factura está morosa», explicó.

Tras el fallo de hace año y medio de la Corte Suprema, Asilfa se contactó con la Cenabast y la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para impulsar el cambio en las bases de licitación. Un proceso para el cual la Asociación Farmacéutica envió sus propuestas, las cuales aún no han sido acogidas, pero, más allá de eso, insistieron en que lo que configura el incumplimiento de la sentencia «es el hecho de que Cenabast no ha realizado ninguna propuesta alternativa» para cumplir el fallo.

El prontuario de Cenabast

No es la primera ocasión en la que Cenabast se encuentra en el ojo del huracán. El organismo dependiente del Ministerio de Salud cuenta con varios conflictos a su haber. Un reportaje de El Mostrador dio cuenta de las millonarias compras de medicamentos que dicha entidad realizó el 2018.

Según los datos disponibles, y analizados por la ONG Observatorio del Gasto Fiscal, a partir del año 2013 comenzó una evidente alza en las compras de la Cenabast, especialmente a través de licitación pública, pero por primera vez, a partir del año 2018, el mecanismo más utilizado para dichas adquisiciones fue el “trato directo”. Esto se intentó justificar con el argumento de que habría un único proveedor, principalmente para medicamentos para tratar el VIH y el cáncer, lo que no es real, ya que existen otros posibles oferentes. El organismo también invocó situaciones de “emergencia”, lo que tampoco tiene asidero, pues existen otros proveedores, ya sea del mismo producto o bioequivalentes.

Llama la atención que uno de los laboratorios que más creció en ventas a la Cenabast el 2018 fue la transnacional GlaxoSmithKline –que fue representada por años por Juan Carlos Corbeaux–, que en solo dos de los medicamentos analizados, pasó de venderle al Estado 7.182 millones de pesos a la suma de 20.140 millones de pesos.

El propio Corbeaux tuvo que dar explicaciones sobre las compras realizadas por la Cenabast el martes 16 de abril, ante la comisión de Salud de la Cámara de Diputados. La instancia fue convocada para «conocer las denuncias sobre aumento significativo, durante 2018, de la cantidad de medicamentos adquiridos por Cenabast mediante trato directo, en particular y preponderantemente, hacia un laboratorio».

La situación tampoco pasó inadvertida para la Contraloría General de la República, entidad que ordenó realizar una auditoría. 

El Mostrador tomó contacto con la Cenabast a fin de conocer su versión sobre la demanda, pero no respondieron a la solicitud. 

Las propuestas de Asilfa

El abogado Corvalán contó que las propuestas que Asilfa envió a la Cenabast para modificar las bases de licitación, son varias. En primer lugar –explicó–»cuando no te pagan ya en mucho tiempo y las deudas son altas, nosotros propusimos que la entidad compradora pudiera quedar suspendida del sistema, que no pudiera participar en las compras de Cenabast, con lo cual las instituciones adquirentes tienen un incentivo a ordenarse y pagar oportunamente sus compromisos».

Además, pidieron que los plazos se ajustaran a la ley, que establece 45 días para el pago a proveedores, pero en la práctica se prolonga hasta 148 días, gracias a las estipulaciones establecidas en las bases de licitación tipo de Cenabast. «En la actualidad solo existen multas para los proveedores. Para los hospitales o municipalidades no hay multa, cuando conocidamente las que no pagan son ellas. A los proveedores, todas las multas», acusó el abogado.

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