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Programa de DDHH del Ministerio de Justicia justifica ausencia en alegatos para mantener procesamiento a Villalobos porque pensaba que “otros” irían PAÍS Crédito: Agencia UNO

Programa de DDHH del Ministerio de Justicia justifica ausencia en alegatos para mantener procesamiento a Villalobos porque pensaba que “otros” irían

El diputado de Revolución Democrática, Miguel Crispi, y organizaciones de Derechos Humanos criticaron duramente la ausencia de los profesionales del Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia en los alegatos donde se vio el caso de Bruno Villalobos, y lo interpretaron como un “mal precedente” y una muestra de la “debilidad” de este Gobierno en dicha materia. Desde la Subsecretaría de DDHH argumentaron que todo fue parte de una “estrategia judicial predefinida” y desdramatizaron la situación, debido a que en la diligencia había “otros dos querellantes que alegarían a todo evento”.


La decisión de la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago de revocar el procesamiento dictado por el ministro Mario Carroza contra el ex general director de Carabineros, Bruno Villalobos, por un caso de torturas en dictadura, abrió una nueva polémica por la ausencia del Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia en los alegatos.

La inasistencia fue duramente criticada por el diputado de Revolución Democrática, Miguel Crispi, y por organizaciones de Derechos Humanos.

“La Corte de Apelaciones revocó el procesamiento de Bruno Villalobos sin la presencia del Programa de Derechos Humanos. ¿Por qué no fueron a alegar? Este es un ejemplo más de lo débil que es el Ejecutivo en materia de Derechos Humanos”, comentó a El Mostrador el diputado integrante de la Comisión de DDHH de la Cámara.

Por su parte, Alicia Lira, presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, responsabilizó directamente al Gobierno de la revocación de la resolución del ministro Carroza. “El abogado del Gobierno no fue a alegar a la causa. Su presencia le habría dado un peso a nuestra posición ante el Poder Judicial. Nos preocupa no solo por esta causa, sino porque significa un precedente terrible para otros casos”, acusó.

En esta línea, Crispi fue más allá y señaló que “es preocupante que el Programa de Derechos Humanos limite su actuar y abandone ciertas actuaciones claves en procesos que buscan esclarecer la verdad y hacer justicia en graves y sistemáticas violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en nuestro país”.

La respuesta de la subsecretaría

Consultados por El Mostrador, desde la Subsecretaría de Derechos Humanos desdramatizaron la situación. Aseguraron que “existe un protocolo que faculta al jefe de servicio para decidir sobre determinadas actuaciones, entre ellas, la de alegar o no, según la estrategia judicial definida”.

“En esta ocasión, se decidió solicitar el procesamiento del general Bruno Villalobos y coronel Ruperto Soto, los cuales fueron concedidos, y posteriormente, no alegar, dado que los antecedentes tenidos a la vista para pedir el procesamiento por parte de la Unidad Programa de DDHH, estaban ya en el expediente, considerando asimismo que existirían otros dos querellantes que alegarían a todo evento”, indicaron.

Es más, la subsecretaría añadió que hay fases judiciales pendientes. “Este proceso no ha terminado, y nos preocuparemos que el Programa continúe realizando la labor que le corresponde en él”, señalaron.

Por tierra el procesamiento de Carroza

En su resolución, la Quinta Sala del tribunal de alzada capitalino –integrada por los ministros Jaime Balmaceda, Maritza Elena Villadangos y la abogada integrante María Cecilia Ramírez– echó por tierra el procesamiento dictado por el ministro Mario Carroza, quien en diciembre pasado encausó a Villalobos como cómplice del delito de aplicación de tormentos con resultado de muerte del estudiante Patricio Manzano González.

Manzano era un estudiante de la Universidad de Chile que fue torturado y asesinado en 1985, cuando estaba participando en trabajos de verano junto a otros universitarios en la Región de Valparaíso, en plena dictadura militar. Los jóvenes fueron llevados al recinto policial de Los Andes, donde Manzano fue sometido a distintos apremios. En el lugar, el joven, de entonces 21 años, falleció producto de un paro cardiorrespiratorio.

La sala del tribunal de alzada capitalino consideró débiles los antecedentes recogidos por Carroza en el proceso, señalando que los datos solo hacen “presumir fundadamente” que a Villalobos –entonces teniente de Carabineros– solamente le cupo participación en los hechos en el traslado de los detenidos.

Así, los ministros determinaron que “no hay mérito suficiente” para establecer que Villalobos haya dado las órdenes de detención ni que los estudiantes detenidos hayan estado bajo su custodia, por lo que desecha el auto de procesamiento como cómplice de torturas.

Para Ángel Valencia, abogado del ex oficial de la policía uniformada, “el fallo recoge gran parte de los argumentos que planteamos en nuestros alegatos, en el sentido de que no había fundamentos ni méritos en el proceso para poder dictar este auto de procesamiento».

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