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Solución parche: duras críticas al decreto de Interior para el manejo de Carabineros comprometido con la CIDH PAÍS

Solución parche: duras críticas al decreto de Interior para el manejo de Carabineros comprometido con la CIDH

El Ministerio del Interior publicó con un atraso de 8 meses el decreto sobre el uso de la fuerza policial, comprometido por la CIDH en el marco del proceso por la muerte de Alex Lemún. Sin embargo, su contenido es considerado “insuficiente” por los representantes de la familia del joven mapuche y por expertos como el ex subsecretario de Carabineros, Neftalí Carabantes. Para este último, las disposiciones exigidas por la CIDH sobre el uso legítimo y racional de la fuerza, deben necesariamente ser incluidas en la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, “de lo contrario es letra muerta”.


Ocho meses tardó el Ejecutivo en cumplir el compromiso con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de Alex Lemún Saavedra, el joven mapuche asesinado en una comisaría de Angol. Finalmente, el Ministerio del Interior publicó este martes 4 de diciembre en el Diario Oficial el “decreto que establece disposiciones relativas al uso de la fuerza en las intervenciones policiales para el mantenimiento del orden público”.

Sin embargo, su contenido es considerado como “insuficiente” por los representantes de la familia Lemún y por expertos como el ex subsecretario de Carabineros, Neftalí Carabantes.

Las disposiciones del decreto

El decreto establece, entre otras disposiciones, que “en sus actuaciones las fuerzas policiales respetarán y cumplirán la ley en todo momento”. En tal sentido, señala que “los funcionarios policiales deberán evitar el uso intencional de armas letales, debiendo preferir el empleo de elementos o la adopción de medidas menos dañinas para lograr sus objetivos”.

“En caso que sea necesario emplear un arma de fuego, y siempre que sea posible, adecuado y útil, el funcionario policial advertirá claramente su intención de utilizarla”, aclara.

Respecto a la actuación policial en caso de manifestaciones, cuando se trata de “reuniones no autorizadas por la autoridad competente y de carácter no violento, los funcionarios policiales evitarán el uso excesivo de la fuerza”, señala la norma.

Igualmente, se establece que Carabineros debe entregar en 90 días los nuevos protocolos de actuación en intervenciones para la mantención del orden público. Asimismo, se precisa que el contenido de dichos protocolos deberá ser revisado cada cuatro años como periodicidad mínima.

Otra disposición que establece el decreto es que Carabineros de Chile deberá presentar informes semestrales al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por medio de la Subsecretaría del Interior, que contengan información estadística relativa al uso de la fuerza y episodios violentos.

La demora en la publicación del decreto obedeció a una seguidilla de correcciones, luego que la administración de Bachelet ingresó un documento preliminar el 9 de marzo, que Contraloría lo objetó por deficiente. Finalmente, el 13 de noviembre, un día antes de que se produjera el homicidio de Camilo Catrillanca a manos del Comando Jungla en Ercilla, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, firmó el Decreto Supremo exigido por la CIDH.

Las deficiencias a la luz del caso Catrillanca

Pero el decreto publicado en el Diario Oficial no concita consenso. Para Sebastián Saavedra, abogado de la familia Lemún, la actuación del Gobierno chileno en la materia contradice «totalmente» lo que había sido exigido por la CIDH, sobre todo a la luz del crimen de Camilo Catrillanca.

“Lo insólito es que se le exigió a Chile capacitar a Carabineros en Derechos Humanos y en vez de eso crearon el Comando Jungla. Los resultados son evidentes. Carabineros, tal como en el caso de Alex, disparó por la espalda a un comunero mapuche que, además, no tenía relación alguna con los hechos que en ese momento se estaban investigando. Es decir, se mató a un inocente por una utilización de fuerza absolutamente desproporcionada. La recomendación de la Comisión era justo al revés: apegarse a los derechos fundamentales y llevan a un grupo táctico especializado en Colombia para combatir en guerrilla y con armamento letal”, dijo el abogado a La Tercera.

En tanto, para la directora para el Cono Sur de Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), María Noel Leoni, el decreto es insuficiente. «Si bien celebramos la aprobación de esta normativa, para que el Estado dé cumplimiento a lo acordado con la familia de Alex Lemún es necesario que se abra un proceso de revisión de la misma con la sociedad civil y el INDH para garantizar que se ajuste a los estándares internacionales y los contextos específicos en Chile», dijo a El Mercurio.

A juicio del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), otros puntos que deben ser enmendados por el decreto son que “no habla de la proporcionalidad en el uso de la fuerza” o “con el uso discriminatorio de la fuerza, en un contexto muy particular como ocurre en La Araucanía y contra la comunidad mapuche». «Los hechos de hace unas semanas (sobre la muerte de Camilo Catrillanca) evidencian que el Estado sigue teniendo un problema gravísimo y una deficiencia (en el uso de la fuerza) que hay que mejorar”, indicó.

Los otros puntos pendientes

Otras críticas provienen del ex subsecretario de Carabineros Neftalí Carabantes, quien consideró como “insuficiente que lo ordenado por la CIDH quede regulado en un simple Decreto Supremo del Ministerio del Interior, a nivel de lineamientos”. A su juicio, las disposiciones exigidas por la CIDH sobre el uso legítimo y racional de la fuerza, deben necesariamente ser incluidas en la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, “de lo contrario es letra muerta y sin fuerza de imperio”.

El actual secretario general de la Universidad Central plantea que otro punto que debe ser incorporado es otorgar atribuciones a la Contraloría para intervenir en los sumarios de Carabineros, para así evitar lo que sucede actualmente –por ejemplo a la luz de lo sucedido incluso con el caso Catrillanca–, donde las investigaciones internas quedan al arbitrio de la misma institución policial. “La Contraloría debe inundar de transparencia a Carabineros. Hemos sido testigos como la Contraloría está haciendo su trabajo acertadamente, en Codelco actual”, argumentó.

Carabantes recordó que “esta instancia anteriormente existía para las Fuerzas Armadas y otorgaría mayor transparencia y disminuiría el riesgo falta de objetividad, vale decir, que faltas menores se sancionen en forma excesiva o en forma poco ecuánime, cortando el hilo por lo más delgado” o que ante faltas de mayor envergadura “se les baje el perfil o se haga la vista gorda”.

Finalmente, subrayó la necesidad de que el Gobierno cumpla con lo establecido por la CIDH y se adecué a los estándares internacionales, recordando que “no es primera vez que la CIDH golpea fuertemente al Estado de Chile por la responsabilidad de sus cuerpos policiales y sus Fuerzas Armadas. No olvidemos que Chile ya ha sido condenado por estos motivos, y consta en la jurisprudencia de la Corte, sentencias como la del caso Palamara o el acuerdo en caso de la Cabo Valdés de Carabineros y ahora último el caso de Alex Lemún. Además, ya a partir del caso Palamara, la Corte Interamericana ordenó al Estado de Chile adoptar las medidas necesarias para derogar o modificar, dentro de un plazo razonable, toda normativa interna que sea incompatible con los estándares internacionales”.

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