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Contraloría abre caja de Pandora y obliga a Superintendencia de Salud a investigar integración vertical de Isapres A través de dictamen emitido el lunes

Contraloría abre caja de Pandora y obliga a Superintendencia de Salud a investigar integración vertical de Isapres

La decisión es un duro golpe para la industria, que ha enfrentado serios cuestionamientos por la forma en que ha estructurado su propiedad y que en la práctica impulsa que los afiliados se atiendan en sus propias clínicas y laboratorios, limitando la competencia y perjudicando a los propios usuarios. Desde la Superintendencia se alinearon con la resolución y aseguran que esta le da mayores espaldas para fiscalizar y tomar cartas en una práctica que ya es parte de la forma de operar de las aseguradoras de salud.


Hace un año los abogados Cristóbal Osorio, Gerardo Ramírez y Daniel Contreras, realizaron una serie de consultas comerciales a las Isapres en que cada uno se encontraba afiliado y, sin proponérselo, terminaron abriendo una caja de Pandora para la poderosa industria, de la mano de un dictamen emitido este lunes por la Contraloría General de la República.

Por casualidad y en una reunión social, los tres abogados comentaron su experiencia personal  en medio de los trámites que cada uno realizó en su respectiva Isapre –Mas Vida, Cruz Blanca y Banmédica–, y se dieron cuenta de que todas les habían ofrecido planes de cobertura para atención con sus prestadores coligados,  lo que los hizo sospechar la existencia de integración vertical, práctica que por ley está prohibida para los aseguradoras privadas de salud.

En vista de esto, decidieron analizar el mercado de salud para determinar si las acciones de sus Isapres eran legales, lo que el 6 de noviembre de 2015 los llevó a presentar una denuncia ante la Superintendencia de Salud que apuntaba a “las manifiestas infracciones al 173 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud», que establece el texto refundido de la llamada Ley de Isapres, que prohíbe la integración vertical entre las Isapres y los prestadores de salud, lo que significa que las Isapres no pueden tener relación económica con clínicas o laboratorios.

La denuncia, dirigida contra Mas Vida, Cruz Blanca y Banmédica, apuntaba a que dichas Isapres tendrían injerencia en la administración de los prestadores de salud dirigidos por los respectivos holdings a los que ellas pertenecen, lo que estaría ligado a que los directores de dichas sociedades controladoras ejercían, simultáneamente, cargos directivos o gerenciales en algunas de esas entidades. En vista de esto, el escrito solicitaba a la Superintendencia de Salud que iniciara un expediente de investigación y sanción “en contra de las entidades denunciadas y de toda otra que incurra en dicha infracción”.

El 15 de junio de este año, la entidad liderada por Sebastián Pavlovic desestimó la denuncia, señalando que no se habían aportado “antecedentes nuevos o meritorios que permitan acoger la solicitud de sanción por la materia denunciada en contra de las Isapres recurridas, por lo que el requerimiento debe ser rechazado”.

Ante este escenario, los abogados, junto al senador y actual precandidato presidencial Alejandro Guillier, decidieron recurrir a la Contraloría General de la República, solicitando un pronunciamiento acerca de las irregularidades en las que habría incurrido la Superintendencia de Salud al rechazar la denuncia, ya que señalaron ante el órgano contralor que “la Superintendencia no habría ejercido debidamente sus atribuciones fiscalizadoras, por cuanto impuso la carga probatoria a los denunciantes y no atendió la solicitud de prueba formulada por estos, desestimando, en definitiva, la correspondiente denuncia”.

El lunes, la Contraloría emitía un dictamen, el cual abre un complejo flanco para el sector de las Isapres, ya que ordena a la Superintendencia que investigue la existencia de integración vertical en el sector.

El dictamen es claro, y señala que “corresponde que la Superintendencia de Salud, en el ejercicio de sus atribuciones legales, realice aquellas diligencias que estime necesarias para constatar si las isapres denunciadas tienen injerencia en la administración de determinados prestadores de salud, fundamentando, en su caso, el rechazo de los medios de prueba requeridos por los recurrentes”. Dándole un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del oficio, para informar a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa del órgano contralor liderado por Jorge Bermúdez.

La integración vertical en el sector de las Isapres es un tema que ha levantado preocupación en diversos sectores. De hecho, la Fiscalía Nacional  Económica (FNE) encargó un informe sobre el tema a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (PUCV), que puso sobre el tapete la poderosa integración vertical instalada en la industria, concluyendo que la estructura de propiedad que se observa en este mercado “requiere ser sometida a un minucioso análisis, existiendo importantes riesgos asociados. La influencia de la Isapre en la elección del consumidor puede generar cierta cautividad del mismo, quien verá severamente limitadas sus posibilidades de elección, sin beneficios evidentes”.

Y aunque la ley es clara en señalar que el objeto exclusivo de las aseguradoras de salud privada es financiar las prestaciones y beneficios de los afiliados, la amplia red del millonario negocio se extiende mucho más allá, abarcando clínicas, centros de salud y laboratorios. El truco, tal como publicó este medio,  está en que el arme y desarme de asociaciones de propiedades no se hace directamente, sino que a través de otras empresas, pero vinculadas a los mismos dueños.

[cita tipo= «destaque»]El dictamen es claro, y señala que “corresponde que la Superintendencia de Salud, en el ejercicio de sus atribuciones legales, realice aquellas diligencias que estime necesarias para constatar si las isapres denunciadas tienen injerencia en la administración de determinados prestadores de salud, fundamentando, en su caso, el rechazo de los medios de prueba requeridos por los recurrentes”. Dándole un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del oficio, para informar a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa del órgano contralor liderado por Jorge Bermúdez.[/cita]

Mismo holding, mismos nombres

Son varios los argumentos en los que la Contraloría basa su decisión. Entre ellos, un dictamen de 2015 del organismo de control que concluyó que la Superintendencia “a fin de velar por el cumplimiento del citado artículo 173 y en ejercicio de sus atribuciones legales, debe exigir que quienes estén a cargo de la administración de las isapres no desempeñen, al mismo tiempo, funciones de igual naturaleza en algún prestador de salud”.

También citan la circular  IF/Nº 211 de 2014, dictada por la superintendencia, “que imparte instrucciones sobre la prohibición que tienen las isapres de participar en la administración de los prestadores, precisando en su punto II, que los miembros del directorio, consejo de administración, consejo directivo o entidad similar, la alta gerencia y los ejecutivos clave de las funciones de control de una de aquellas en ningún caso podrán ejercer algunos de dichos roles, en forma simultánea, en prestadores de salud, ni tener injerencia en la administración de los mismos”.

El dictamen añade que “en el contexto reseñado, es posible sostener que si bien no es objetable legalmente que una isapre y un prestador de salud pertenezcan a un mismo holding, como tampoco que quienes estén a cargo de este último cumplan funciones gerenciales o directivas en alguna de aquellas entidades, sí lo es que esas circunstancias, en los hechos, permitan que las instituciones de salud previsional tengan injerencia en la administración de dichos prestadores. De este modo, la fiscalización del cumplimiento del artículo 173 no puede limitarse a verificar que una misma persona no cumpla simultáneamente funciones de dirección o administración en una isapre y en un prestador de salud, sino que supone constatar que efectivamente no exista la intervención que prohíbe esa disposición legal”.

Durante el análisis de mercado (*) que realizaron los abogados en 2015 para determinar la existencia de integración vertical en tres Isapres, revisaron documentos públicos, como las memorias anuales entregadas a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), lo que los llevó a concluir –según señalan en la denuncia presentada en noviembre del año pasado– que “las isapres denunciadas mantienen una sostenida práctica de administración a través de la cual directores y/o altos gerentes de los conglomerados empresariales controladores de las aseguradoras y prestadoras de salud pertenecen, en paralelo, a los directorios y cuerpos de gestión de sus coligadas, interfiriendo y teniendo injerencia en su administración, lo que se encuentra expresamente prohibido por la ley”.

El caso de Isapre Masvida, asegura el escrito, “es clarificador. Basta con descargar la Memoria Anual del año 2014 de Empresas Masvida, la que se encuentra publicada en el sitio web de la firma, para entender que se trata de una sola empresa con una sola administración”.

Tras lo cual desglosa que la estructura de la compañía se compone de la matriz Empresas Masvida S.A., que tiene el control sobre cuatro empresas.

Más allá de que empresas Masvida S.A. “ha integrado casi la totalidad del negocio de la salud en sus empresas pues cuenta con una Isapre, varias Clínicas y la comercialización y financiamiento de equipos tecnológicos médicos”, la denuncia apunta a que la infracción se encuentra en “la administración de las sociedades”. Esto, porque los directorios de la matriz, de la Isapre y de MV Clinical S.A. (propietaria de una red de 8 clínicas, entre las que se cuentan Clínica Las Lilas, cuyo ex gerente general enfrenta una querella por estafa reiterada interpuesta por el holding), son casi los mismos.

Lo que observaron los denunciantes, fue que “todos y cada uno de los directores de la matriz, Empresas Masvida S.A., participan en la toma de decisiones de la Isapre o de la Prestadora de Salud. Es más, el gerente general de la matriz –Claudio Santander Kelly– es, al mismo tiempo, director de MV Clinical S.A.”

Agregando que “el anterior panorama, confirma que la administración de Empresas Masvida S.A., su Isapre y su prestadora de salud, corresponden a una sola operación, por más que se pretenda considerar que son estructuras societarias distintas. Ello conlleva una grave infracción a la normativa regulatoria del sistema de Isapres, pues se demuestra que las administraciones de dichas entidades funcionan de forma conjunta”.

En cuanto al directorio de Cruz Blanca, del grupo Bupa S.A., este no participaría de directorios de empresas coligadas o filiales. Sin embargo, puntualiza la denuncia, “es en la plana ejecutiva de Grupo Bupa S.A. en que se configura la infracción al artículo 173 del DFL N° 1, pues existe un alto número de gerentes y/o altos ejecutivos que, en paralelo a su rol administrativo en la matriz, forman parte de los directorios de las empresas coligadas, confundiendo la gestión de aseguradoras y prestadoras de salud, tal y como lo prohíbe la normativa vigente”.

“Paradigmático es el caso de don Andrés Varas Greene, quien se desempeña como gerente general del Grupo Bupa S.A. y, a la vez, participa como presidente del directorio de otras seis empresas coligadas, donde se incluyen prestadores de Salud. En conjunto con ello, don Óscar Zahri Villagra, se desempeña como gerente legal de la matriz y, además, como miembro del directorio de Isapre Cruz Blanca S.A; o el caso de don Francisco Amutio García, quien es el gerente corporativo de Estrategia, Desarrollo y Marketing en Grupo Bupa S.A. y director de Isapre Cruz Blanca S.A., Bupa Servicios Corporativos SpA, Cruz Blanca Compañía de Seguros de Vida S.A. y Cruz Blanca Salud Internacional S.A.”, se añade.

En cuanto a Banmédica, los abogados constataron que “en las operaciones de 2014 gran parte del directorio y/o la plana ejecutiva de Empresas Banmédica S.A. (…) tuvieron injerencia en la administración de las (empresas) coligadas. En este contexto, resalta el caso del Sr. Carlos Kubick Castro, quien se desempeña como gerente general de la matriz y como presidente del directorio de seis prestadoras de salud, presidiendo el directorio en cuatro de ellas. Así las cosas, en su posición de gerente general debe velar por la administración y crecimiento de todas las empresas que componen el holding, lo que ciertamente incluye las isapres Banmédica y Vida Tres, y por otro debe velar como presidente del directorio por el correcto desempeño del negocio de Clínica Vespucio, Clínica Ciudad del Mar, Clínica Bío Bío y Vidaintegra, quienes negocian y suscriben convenios y/o contratos con las aseguradoras mencionadas. De esta forma, en las distintas posiciones que desarrolla, el Sr. Kubick Castro está constantemente en ambos lados de una misma mesa, interesado por el crecimiento de las isapres y de las clínicas, lo que sabemos termina por perjudicar a los afiliados y pacientes”.

Situación que, según detalla el escrito, se repite con la administración conjunta entre altos ejecutivos que se comparten entre empresas del holding, concentrando un alto poder de decisión en personas que pertenecen a empresas aparentemente competidoras o cuya injerencia en ciertos rubros está prohibida.

Superintendencia se alinea con Contraloría

Sobre el dictamen de Contraloría, el superintendente de Salud, Sebastián Pavlovic, señaló a este medio que “en general  compartimos que hay que ir más allá de lo que hemos ido hasta ahora, porque hubo una regulación que impidió el que se compartieran cargos ejecutivos entre prestadores e Isapres, pero nosotros mismos nos hemos ido dando cuenta de que parece ser insuficiente cuando esos ejecutivos, aun cuando no compartan funciones entre Isapres y prestadores, terminan por encontrarse después en el directorio o en cargos ejecutivos del holding, donde vemos que efectivamente se pueden producir problemas de intereses contrapuestos entre las distintas unidades económicas. Lo hemos visto a propósito, por ejemplo, de Masvida y de la necesidad de que la Superintendencia interviniera para evitar traspasos de fondos desde la Isapre a empresas relacionadas”.

-¿Este dictamen le da más espalda a la Superintendencia para poder fiscalizar la integración vertical en las isapres?
-Absolutamente sí. Nos parece que si eventualmente hubiera habido alguna duda sobre la necesidad de que la superintendencia profundizara sus análisis, esa duda está despejada a partir de este respaldo a las facultades, potestades y necesidades de intervención que nos entrega el dictamen de Contraloría.

(*) Análisis de mercado realizado en 2015, por lo que pueden existir cambios en algunos cargos.

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