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Ley Corta Antiterrorista: una renovada «pacificación de La Araucanía»  Opinión

Ley Corta Antiterrorista: una renovada «pacificación de La Araucanía» 

Diego Ancalao Gavilán
Por : Diego Ancalao Gavilán Profesor, politico y dirigente Mapuche
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La paz es un valor por el que todos deberíamos trabajar incansablemente. Uno de los aspectos que caracterizan a las sociedades civilizadas, es la adecuada administración de los conflictos humanos, que son permanentes y multifacéticos.

Como sabemos, la lucha del pueblo mapuche, primero, con los invasores españoles y finalmente con el Estado de Chile y su obsesión por la asimilación, tiene raíces profundas y una historia compleja de analizar.

Hoy nos encontramos con el intento de máxima simplificación de este conflicto, que consiste básicamente en una interpretación unívoca de sus implicancias, a través de la calificación amplia de conductas terroristas, desde un Estado incapaz de reconocer la existencia de la realidad multicultural del país.

Los anuncios del ministro Chadwink sobre las indicaciones para la Ley Corta Antiterrorista, no muestran grandes novedades respecto de proyectos ya ingresadas con anterioridad (medios probatorios, testigos protegidos, medidas intrusivas, terrorista solitario). No obstante, las indicaciones que incorpora parecen destinadas a atemorizar a luchadoras y luchadores por la libertad y autodeterminación del pueblo mapuche.

El que más sabe al respecto, parece ser el senador Pérez Varela (UDI), cuando dice: “Indudablemente que una legislación antiterrorista no resuelve un tema político… pero sin duda ayuda a que los problemas políticos se resuelvan”, una frase de antología, que lo único que deja en evidencia es que el oficialismo no solo no sabe cómo justificar su idea de legislar, sino que no logra entender nada del problema que busca enfrentar.

Además, se ha argumentado que esta ley corta, no tiene nada que ver con la demanda histórica y política del pueblo mapuche y que no es para reforzar la militarización y judicialización de La Araucanía. Esto cuesta creerlo, especialmente cuando se analizan las declaraciones de la senadora oficialista Carmen Aravena: “Las cifras no mienten, el alto porcentaje de actos terroristas que han quedado impunes en La Araucanía por falta de pruebas, vuelven urgente la necesidad de modificar el Código Penal para permitir el uso de técnicas especiales de investigación en la persecución de estos delitos”. Y agrega: “Según cifras del Poder Judicial, en el año 2018, La Araucanía sufrió la cifra no menor de 270 atentados terroristas, y solo en el 2% de estos casos hubo condenados”

Dicha aseveración no resiste una lógica básica, pues su argumento se sostiene en supuestos absolutamente falsos.

En efecto, en la cuenta anual de la Fiscalía Regional el año 2018, se calificó de “delitos rurales” a 270 hechos acaecidos ese año. Nunca se utilizó el adjetivo de “terrorista”, como lo afirma la senadora. En la práctica, esto equivale al 0,09% de la población rural de esta región, que es de 281.127 habitantes. Claramente la senadora manipula los datos y saca conclusiones mucho más arraigadas en su prolífica imaginación que en los datos de realidad.

En este sentido, parece un anuncio que va en el sentido contrario del que aconseja la verdadera búsqueda de la paz, que es la aspiración de los pueblos indígenas, la ciudadanía nacional y la comunidad internacional.

Llama la atención que esta ley corta ni siquiera define los actos terroristas de un modo objetivo. En ese sentido, hay que recordar que este tipo penal equivale a una violación del artículo 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Se trata de una nueva referencia a “medios probatorios más eficaces”. Con los actuales medios probatorios, que serían considerados “menos eficaces”, ha habido sistemáticos y muy burdos montajes de prueba para acusar falsamente a mapuche. Hay motivos suficientes para desconfiar del uso correcto de cualquier procedimiento que se establezca desde el Estado. El reciente asesinato de Camilo Catrillanca deja trágicamente al descubierto esta situación. Otro ejemplo es la figura de los “testigos protegidos”, que han sido objeto de condena al Estado de Chile, por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Lonkos.

Esta modificación al Código Penal para permitir el uso de técnicas especiales de investigación en la persecución de estos “delitos terroristas”, nos recuerda a la dictadura militar, cuando se condenaba a los adversarios políticos, ante la absoluta pasividad de la mayor parte de los tribunales. Esta figura que se pretende instaurar podría usarse, por ejemplo, para atacar a quienes defendemos la causa mapuche, las hortaliceras de Temuco o el derecho a disponer de agua, condenándonos por ese apoyo.

Este es un proyecto que parece no destinado a combatir el terrorismo, sino más bien a producir terror en la ciudadanía. Si se busca una nueva “pacificación de La Araucanía”, lo único que se conseguirá es incentivar el conflicto que se quiere resolver.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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