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Una política pública no se legitima con someterla a consulta vecinal

Por: Daniel Hasson Kalkstein


Señor Director:

La libertad de trasladarse por las calles con plena autonomía es un derecho fundamental. Cuando diversas comunas plantean una suerte de toque de queda juvenil, apelando a la realidad de otros países y apoyando su tesis en aislados estudios que omiten una serie de factores para establecer una relación directa entre la presencia en las calles en horario nocturno y la comisión de un delito, el consumo de alcohol y/o sustancias ilícitas, se está actuando de manera inexacta y poco prolija. Si el foco es resguardar a los adolescentes de la comisión de un delito o alejarlo del consumo de alcohol y drogas, la verdadera interrogante que emerge es si esta técnica de política pública es idónea.

Para ser preciso, la crítica es a la técnica y estrategia política, toda vez que promueve una medida incapaz de dar solución al complejo problema que aqueja a nuestra sociedad, el cual claramente no se resuelve mediante la narrativa de limitar la libertad para transitar de los adolescentes en las noches. Por otro lado, una política municipal no puede legitimarse en el mero hecho de que se someta a consulta vecinal, puesto que el modo en que esta está planteada no garantiza que la decisión vencedora, sea la óptima. Adicionalmente y, tal como hemos visto en ocasiones anteriores, la facultad discrecional de policía o de Seguridad Ciudadana para “recomendar o sugerir” al menor de edad, irse a su casa, puede traer aparejado más problemas que beneficios.

Este tipo de política municipal expone -una vez más- la inconsistencia que tiene nuestro ordenamiento jurídico para establecer las capacidades de los menores de edad para realizar diferentes actos en Chile, puesto que si se plantea limitar la libertad de un adolescente para estar en la calle en horario nocturno, también podríamos revisar otras decisiones de los menores de edad, tal como la capacidad para optar por vivir con su padre o madre en una separación conyugal y, por qué no, comenzar a cuestionar la libertad de elección de los estudiantes de educación media al momento de optar a temprana edad, por una formación diferenciada humanista-científica orientada profundizar exclusivamente dicha área de interés de los estudiantes.

Los precedentes dos ejemplos muestran que los menores de edad son libres para tomar decisiones esenciales en sus vidas, cabe entonces plantearnos la idea de que si queremos que en Chile los jóvenes sean libres y capaces de tomar decisiones importantes en sus vidas, amerita preguntarnos en consecuencia si, afectar la libertad de circulación en horario nocturno va en dicha dirección.

Daniel Hasson Kalkstein

Abogado

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