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Confusa organización superior de la defensa y la seguridad en Chile

Por: Fernando Thauby


Señor Director:

1.- El Intendente, en compañía del Jefe de la Zona de Emergencia tomaron medidas dentro de sus atribuciones y el Ministro de Defensa, los desautorizó.

En realidad y de acuerdo a la ley, el intendente y el jefe de la zona de excepción constitucional dependen del Ministro del Interior. La misión, las orientaciones y las restricciones para el cumplimiento de la misión de seguridad interior es asunto del Presidente a través de su Ministro de Interior.
En realidad y de acuerdo a la ley, el intendente y el jefe de la zona de excepción constitucional dependen del Ministro del Interior, el Ministro de defensa provee las fuerzas y los requerimientos logísticos necesarios. La misión, las orientaciones y las restricciones para su cumplimiento es asunto del Presidente y del Ministro de Interior.

2.- El Estado Mayor Conjunto es un órgano asesor del Ministro de Defensa, es difícil entender que tiene que hacer el Jefe del Estado Mayor Conjunto asesorando al ministro de defensas en su tour de supervisión de la gestión de seguridad interior en la Araucanía.
El Estado Mayor Conjunto dispone y ejecuta una licitación para proveer y operar equipos de guerra cibernética, siendo un organismo asesor del Ministro de defensa para la conducción de la guerra exterior, sin capacidad logística. administrativa ni operativa para hacerse cargo de una función de combate.

Menos mal que la crisis con Perú y Argentina ocurrieron antes que se dictara la ley de reestructuración de la defensa durante el Gobierno de Bachelet.

Fernando Thauby

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