Publicidad

El aborto y sus obstáculos fácticos

Jaime Winter E.
Por : Jaime Winter E. Académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile. Becario DAAD y estudiante de doctorado de Justus-Liebig-Universität Giessen, Alemania.
Ver Más


El reciente proyecto de la Presidenta Michelle Bachelet que busca despenalizar el aborto en tres casos –inviabilidad fetal, riesgo vital para la mujer y violación– ha dado origen a diversas reacciones por parte de quienes se oponen al aborto en todas sus formas. Es especial, algunos actores, que parecen ver perdida la batalla en el Congreso, pretenden llevar su batalla al plano fáctico.

Caso paradigmático es el del rector Ignacio Sánchez de la Pontificia Universidad Católica de Chile, quien no sólo declara que en los hospitales Red UC no se harán abortos ­–a pesar de que no es posible que las instituciones tengan objeción de conciencia, porque evidentemente no se pueden ir al infierno–, sino que aquellos profesionales que estén disponibles para hacer abortos deberán irse a trabajar a otra parte.

Igualmente, un grupo de diputadas de la hoy refundada Alianza, apoyadas por el centro de estudios Instituto Res Publica –vinculado a académicos y egresados de la Pontificia Universidad Católica de Chile y a la Universidad de Los Andes–, anuncian la presentación de una propuesta complementaria al Proyecto de Ley.

La propuesta está enfocada a la prevención de los abortos –no a garantizar la libertad de la madre para decidir–, para lo cual se otorgarían beneficios y acompañamientos a las mujeres con embarazos de riesgo y no deseados. Eso implica que se busca que aquellas mujeres que posiblemente tengan una propensión mayor a abortar, no lo hagan. No que tomen la decisión que quieran, sino que tengan incentivos para no abortar.

[cita]El reciente proyecto de la Presidenta Michelle Bachelet que busca despenalizar el aborto en tres casos –inviabilidad fetal, riesgo vital para la mujer y violación– ha dado origen a diversas reacciones por parte de quienes se oponen al aborto en todas sus formas. Es especial, algunos actores, que parecen ver perdida la batalla en el Congreso, pretenden llevar su batalla al plano fáctico.[/cita]

Por supuesto que no son rechazables aquellas medidas que busquen proteger la maternidad, pero ellas deben estar dirigidas a todas las mujeres y, de ser necesario, a aquellas en una especial situación de vulnerabilidad, no sólo a las que podrían abortar.

La diferencia entre prevenir el aborto y garantizar la libertad de la decisión de la madre no es un mero problema terminológico, sino que significa que institucionalmente se reconocería la opción de la mujer por abortar como algo negativo. En el caso de los embarazos de riesgo el problema de esto es especialmente claro: ¿qué interés puede tener el Estado en promover que una mujer ponga en riesgo su vida? Así, por ejemplo, si lo que se busca es la protección de la mujer, lo que se hace mediante el acompañamiento es darle todas las garantías de que con tranquilidad y seguridad podrá ella misma tomar la decisión que más adecuada le parezca y que, cualquiera sea la decisión que tome, estará protegida. Si, en cambio, lo que se busca mediante el acompañamiento es la prevención del aborto –poniéndose el foco en el embrión o feto–, dicho acompañamiento se puede convertir en una serie de presiones indebidas hacia la mujer, antes de garantizar su derecho a tomar la decisión. Así, la decisión de la mujer que quiere abortar se puede convertir en un calvario mucho más profundo aún que el de tener que enfrentar consecuencias penales por su decisión.

Semejante posición es sumamente peligrosa y, para darse cuenta de ello, un caso ilustrativo es aquel por el cual la Corte Europea de Derechos Humanos condenó a Polonia en 2012 [1]: una menor de alrededor de 14 años resultó embarazada producto de una violación, ante lo cual madre e hija decidieron que un aborto era lo mejor en vista de la minoría de edad de la víctima, el hecho de la violación y el deseo de la niña de continuar sus estudios. Luego de ser interrogadas por la policía, la que emitió un documento certificando la violación, empezó un verdadero vía crucis para las dos mujeres.

En primer lugar, acudieron a un hospital para obtener una orden médica para la realización del aborto. Ahí les dijeron que recurrieran al Dr. O., que era el consultor regional de ginecología y obstetricia. El Dr. O., sin embargo, dijo que no estaba obligado a emitir la orden médica y le señaló a la madre que ella debería “hacer que su hija se casara”. Ante la insistencia de la madre, el Dr. O. le contestó que se presentara en el Hospital Jan Bozy.

En dicho hospital explicaron que lo que buscaban era terminar con el embarazo, pero les dijeron que tenían que esperar a que el jefe de ginecología, el Dr. W.S. volviera de sus vacaciones. Cuatro días después apareció el Dr. W.S., tiempo en que la menor estuvo –innecesariamente– hospitalizada, y les dijo que tenían que esperar otros 4 días más para “pensarlo bien”. Luego, llevó a la madre aparte y le pidió que firmara un consentimiento que decía: “Estoy de acuerdo con el procedimiento de aborto y entiendo que podría llevar a la muerte de mi hija”.

La menor volvió al hospital, esta vez sola porque su madre tenía que trabajar. El Dr. W.S. obligó a la menor a conversar con un sacerdote católico, sin que a ella se le hubiera preguntado cuál era su fe o si quería mantener esa conversación. Peor aún, la menor descubrió durante la conversación que el sacerdote había sido ya informado del hecho de su embarazo y las circunstancias en que se produjo, algo que evidentemente pertenecía a su intimidad y estaba protegido por el secreto médico. El sacerdote la presionó para que tuviera al hijo y la hizo firmar una declaración, escrita por el doctor W.S., diciendo que quería continuar con el embarazo. Luego, el Dr. W.S. le dijo a la mamá de la menor que era una mala madre y le mostró el documento firmado –que la menor dijo haber suscrito sólo por la presión de los dos adultos–. Después se produjo una discusión en la que la menor se puso a llorar y el Dr. dijo que la iba a adoptar a ella y a su hijo. Además, agregó, que él no iba a realizar el aborto, que nunca lo habían obligado a hacerlo –ni siquiera en la época comunista cuando el aborto en Polonia era libre– y que ningún otro doctor en el hospital iba a hacerlo. Ante esto, optaron por dejar ese hospital e irse a Varsovia.

En el intertanto, el Hospital Jan Bozy envió a los facultativos médicos de Varsovia el documento firmado bajo presión por la menor y emitió un comunicado de prensa explicando que se negaban a hacer el aborto y se le entregaron a la prensa los detalles del caso –algo que pertenece, nuevamente, a la intimidad de la menor y su familia–. El caso se convirtió en noticia nacional.

Dos días después, en el hospital en Varsovia, se le informó a la menor que debía esperar tres días para el aborto. Mientras tanto, empezó a recibir mensajes de texto del sacerdote católico diciéndole que estaba trabajando en su caso y que gente de todo el país estaba rezando por ella. Al mismo tiempo, empezó a recibir mensajes de texto del mismo tenor provenientes de desconocidos. Incluso más, el mismo día el sacerdote llegó al hospital de Varsovia acompañado de una activista antiaborto e insólitamente se les permitió ver a la menor en ausencia de su madre y trataron de convencerla de continuar con el embarazo. El Dr., por otra parte, informó a los involucrados que el hospital estaba recibiendo mucha presión para no realizar el aborto y que estaban recepcionando numerosos correos criticando a los padres. Esto produjo miedo y desconfianza en la menor, que se sintió desprotegida en el hospital.

Al día siguiente, sintiéndose manipuladas e impotentes dejaron el hospital. A la salida fueron acosadas por activistas contra el aborto que las esperaban en la entrada del hospital. La madre detuvo un taxi para irse, pero los activistas le dijeron al taxista que la madre había perdido la tutela y que estaba secuestrando a la menor, con la cual el taxista se negó a llevarlas. Entonces una de las activistas llamó a la policía, la que se llevó a la menor y su madre a la comisaría.

Ya en la comisaría la menor y su madre fueron interrogadas entre las 4 de la tarde y 10 de la noche y no se les ofreció comida. Ahí les mostraron una orden de los Tribunales de Familia de Lublin, donde se restringían los derechos parentales de los padres de la menor y ordenaban internar a la hija en un refugio para jóvenes de manera temporal.

Ante esta orden del tribunal la policía se la llevó en auto por Varsovia, buscando un refugio que la aceptara. Como no encontraron un lugar en Varsovia, la policía se la llevó en auto a Lublin, donde la dejaron en un refugio a las 4 a. m. Se la confinó ahí a una pieza en solitario y se le quitó su teléfono móvil. Una vez más, llegó a visitarla el mismo sacerdote católico que le dijo que estaba haciendo las gestiones para que la transfirieran a un hogar para madres solteras dirigido por la Iglesia Católica.

En el refugio fue interrogada por un especialista en educación y un sicólogo, en presencia del director del refugio, los que le pidieron nuevamente que contara toda la historia y, sin preguntarle su opinión al respecto, le dijeron que era mejor que diera a luz. La menor cuenta que estuvo «encerrada en el cuarto todo el día. Me sentí como si estuviera en una cárcel, tenía rejas en la ventana y la puerta estaba con llave. No fue placentero”. Sumado a esto, ese mismo día, la menor empezó a sufrir dolores y a sangrar. Ante esto fue llevada al Hospital Jan Bozy, el mismo en que se habían negado a realizarle el aborto, donde además muchos periodistas llegaron a verla e intentaron hablar con ella. Todavía en el hospital, la menor fue interrogada por un juez criminal en relación a las alegaciones de coacción para terminar con su embarazo. Por supuesto, no se permitió a los padres de la menor estar presentes y no tuvo ningún tipo de asesoría o defensa legal que garantizara sus derechos.

Finalmente, casi diez días después –y más de tres semanas de haber iniciado el tormentoso camino–, la decisión de los tribunales fue revocada y el aborto fue autorizado por el respectivo Ministerio, el cual, sin embargo, envió a la menor a realizarse el procedimiento médico a un hospital en Gdansk, a 500 kilómetros del hogar de la menor. Una vez que volvieron a casa descubrieron con estupor que la información de su viaje a Gdansk estaba a disposición del público ese mismo día en la página web de la Agencia de Información Católica.

Situaciones como ésta no son algo aislado. Ya el 2007 se había producido en México el caso de Paulina del Carmen Ramírez Jacinto –terminado por Solución Amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos [2]–, cuyos hechos son escalofriantemente similares al caso polaco: la menor también fue violada a los 14 y resultó embarazada. En la atención primaria no se le informó que podía recibir anticoncepción oral de emergencia. Una vez tomada por la mujer la decisión de hacerse un aborto, concurrió al Ministerio Público para pedir la autorización para una ginecóloga privada, lo cual fue en primera instancia negado y posteriormente sólo se le dio autorización para concurrir a un hospital público. Solicitada cita un 8 de septiembre, recién el hospital la otorgó para el 1 de octubre y la mantuvieron en dicho hospital hasta el 8 del mismo mes, sometida a un innecesario ayuno, dándose distintas excusas para no realizar la intervención. Ante esta situación recurrieron al Ministerio Público, donde el procurador general las condujo ante un sacerdote católico. El 13 de octubre, a solicitud del director del hospital y encontrándose la mujer sola, dos activistas le mostraron videos violentos de maniobras abortivas para que desistiera de su decisión. Justo antes de hacerse la intervención, el director del hospital informó a la madre de la menor que los riesgos de la intervención eran «esterilidad, perforación uterina, hemorragia masiva, síndrome de Asherman y muerte» y que si eso sucedía sería responsabilidad de ella. Asustadas, optaron por desistir de realizarse el aborto.

En Colombia, por otro lado, los tres casos que buscará despenalizar el gobierno de Bachelet no fueron despenalizados mediante un acto legislativo, sino que mediante una decisión de la Corte Constitucional. Ahí ha sido una institución estatal –la Procuraduría– la que ha buscado poner trabas a la práctica del aborto en esos tres casos, mediante la emisión de oficios contrarios a la decisión de la Corte Constitucional y, derechamente, mediante la difusión de información falsa sobre la procedencia del aborto, confundiendo a mujeres y facultativos médicos. Esto llevó a más de mil mujeres a interponer un recurso ante la Corte Constitucional [3].

En nuestra vecina Argentina también se han documentado casos de negativas a practicar aborto e incluso un caso en que, realizado un aborto tardío, se le exhibió a la mujer el feto muerto como forma de sanción de moral, para que se diera cuenta de lo que había hecho.

El peligro de que este tipo de casos sucedan en Chile es algo evidente. Algo similar a lo que ocurrió en Argentina pasó en Chile en un caso en que se pensó que la mujer se había provocado a propósito un aborto y se dejó el feto al lado de su camilla en un frasco, para que ella lo viera. Igualmente, en el caso de la niña de 11 años violada y embarazada, incluso el Presidente de la República Sebastián Piñera alabó su “profundidad y madurez” por decidir tener a su hijo.

Estos casos muestran algo que debería ser evidente, pero que, en distintos ámbitos, se olvida con demasiada frecuencia: no es posible hacer políticas públicas sólo desde el Derecho Penal. Esto significa que, si bien parece algo fundamental despenalizar los tres casos, no es lo único. La despenalización del aborto, finalmente, no es garantía de nada. Así, junto con despenalizarse los tres casos, debe iniciarse un proceso que permita no hacer ilusoria la garantía para las mujeres, que incluya información y educación a pacientes y facultativos, fiscalización, acompañamiento y un expreso compromiso de las autoridades, de tal manera que pueda garantizarse que la mujer disponga de las condiciones de tomar en completa libertad la decisión más adecuada. La necesidad de esto es grande, porque el peligro también lo es: como lo ha mostrado el rector Sánchez, para quienes creen estar haciendo la voluntad de dios –y que son amenazados con la excomunión por sus líderes religiosos–, quebrantar las leyes y vulnerar los derechos y dignidad de las mujeres resulta algo irrelevante.

[1]                         [1] Sentencia de 30.10.2012 en caso P. y S. vs. Polonia, Application n.° 57375/08.

[2]                         [2]https://www.cidh.oas.org/annualrep/2007sp/Mexico161.02sp.htm

[3]                         [3]http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/t-627-12.htm

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias