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Hasta el 31 de diciembre de 2022: Cámara aprueba en general mantener prohibición de corte de servicios básicos MERCADOS Crédito: ATON

Hasta el 31 de diciembre de 2022: Cámara aprueba en general mantener prohibición de corte de servicios básicos

La iniciativa fue enviada a comisiones tras ser objeto de indicaciones, y además amplía el acceso de los beneficios al 100% de las personas vulnerables. En el debate, el ministro Juan Carlos Jobet reconoció que la propuesta tiene buenas intenciones, pero sostuvo que, más que ayudar a solucionar el problema, lo agrava, incrementando la deuda de quienes no han podido cumplir con sus obligaciones. Los diputados lamentaron que el Ejecutivo recién se pronuncie asta ahora, a menos de dos semanas de que caduque el plazo de la ley original.


La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto que busca prorrogar los efectos de la Ley 21.249, que prohíbe el corte de suministros de servicios básicos para determinados clientes, como consecuencia de los efectos de la pandemia.

La iniciativa, enviada a comisiones tras ser objeto de indicaciones, prorroga la normativa hasta el 31 de diciembre de 2022. Además, amplía el acceso de sus beneficios al 100% de las personas vulnerables.

El texto se presentó por medio del informe de la Comisión de Economía, que rindió el diputado Boris Barrera (PC), y establece que las empresas proveedoras de servicios sanitarios, así como las distribuidoras de electricidad y de gas de red no podrán cortar el suministro por mora en el pago a los siguientes usuarios: residenciales o domiciliarios; hospitales y centros de salud; cárceles y recintos penitenciarios; hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual: hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores; bomberos: organizaciones sin fines de lucro y microempresas.

En el debate, el biministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet reconoció que la propuesta tiene buenas intenciones, pero sostuvo que, más que ayudar a solucionar el problema, lo agrava, incrementando la deuda de quienes no han podido cumplir con sus obligaciones.

En tal plano, dijo que el Gobierno trabaja con el Senado un proyecto de ley que sí responderá a la problemática y que promueve terminar con la deuda por medio de un sistema tripartito. En él participarían los deudores, el propio Ejecutivo y las empresas.

Explicó que el mecanismo comprende dos tramos. En el caso del agua, el primero tiene como corte un consumo de de hasta 15 metros cúbicos por mes; mientras que en electricidad es hasta 250 kw h/mes. Todos ellos tendrían una prorrata de 48 cuotas de sus deudas, sin interés, siempre que no se supere el 15% de su cuenta mensual. Bajo dicho umbral, se recibiría un subsidio estatal; sobre ello, sería de cargo del cliente. Si no se extingue la deuda a las 48 deudas, esta sería absorbida por las empresas.

Los del segundo tramo también podrán acceder a una repactación de su deuda en hasta 48 cuotas, sin interes, pero sin subsidio ni condonación.

En tanto, los diputados, en general, valoraron la propuesta del Ejecutivo, pero lamentaron que, habiendo sido invitado desde agosto a consensuar una solución, no se pronunciara sino hasta ahora, a menos de dos semanas de que caduque el plazo de la ley. Además, se criticó que no se invitara a la Cámara a las conversaciones y se concertara el Gobierno solo en el Senado.

Igualmente, remarcaron la necesidad de dar una solución hoy y evitar el corte de servicios al 1 de enero de 2022. Así, se lamentó que la propuesta planteada por Jobet aún no esté sobre la mesa y que, por tanto, se relevó que lo único viable para enfrentar la problemática es la iniciativa parlamentaria en trámite.

La propuesta aprobada hoy además recalcula la fecha del plazo a considerar para el mecanismo de prorrateo, y se considerarán las deudas contraídas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2022.

El prorrateo será en el número de cuotas mensuales iguales y sucesivas que determine el usuario final a su elección (máximo 48). Para el caso, no se aplicarán multas, intereses ni gastos asociados. Además, se podrán incluir deudas previas al periodo mencionado, hasta el monto de 10UF para las eléctricas y de 5UF para las sanitarias y de gas.

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