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Acogen recurso de amparo presentado por el comunero Facundo Jones Huala: se prohíbe restringir al interno PAÍS

Acogen recurso de amparo presentado por el comunero Facundo Jones Huala: se prohíbe restringir al interno

De acuerdo fallo, sobre las ceremonias que realizan internos mapuches y de otras etnias, «Gendarmería debe permitir a Jones Huala efectuar y participar en ceremonias y ritos propios de su cultura, en dependencias del CCP de Temuco».


El Juzgado de Garantía de Temuco entregó órdenes al alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad y a Gendarmería. ¿Cuáles? Entregar los medios necesarios para que el interno Francisco Jones Huala tenga sus derechos a tener contacto telefónico con su abogada argentina, a entrevistarse con su defensora chilena y con la trabajadora social, además, de participar en ritos de su etnia y a dar entrevistas a la prensa.

Según consigna Emol, cabe destacar que Jones Huala cumple una condena de 6 años de presidio como autor del delito consumado de incendio, y 3 años por portar ilegalmente armas de fuego.

Durante el fallo, la magistrada María Teresa Villagrán acogió el recurso de amparo constitucional, introducido por la defensa de Jones Huala y prohibió a Gendarmería restringir al interno. «(…) Teniendo presente que es derecho de todos los condenados mantener contacto con su abogado defensor, el tribunal resuelve que a partir de hoy, lunes 11 de febrero de 2019, podrá contactarse con su abogada argentina Sonia Liliana Ivanov, vía telefónica y o videoconferencia», consigna el fallo.

Además, agregó que «de acuerdo a las normas que establezca administrativamente Gendarmería de Chile», no puede de ninguna forma coartar este derecho. Con respecto al ingreso de la abogada defensora chilena, Karina Riquelme y la trabajadora social, la resolución sostuvo que «Gendarmería deberá tener presente que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia resolvió, con fecha 17 de octubre de 2018 (…) que para ello no requiere una nueva autorización de este tribunal».

La resolución, además menciona que «el interno Facundo Jones Huala puede ejercer su derecho a entrevistarse con la prensa y los medios de comunicación que lo requieran».

De acuerdo fallo, sobre las ceremonias que realizan internos mapuches y de otras etnias, «Gendarmería debe permitir a Jones Huala efectuar y participar en ceremonias y ritos propios de su cultura, en dependencias del CCP de Temuco».

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