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Un Poder Judicial con déficit de independencia y casi anulado por la manipulación política EDITORIAL

Un Poder Judicial con déficit de independencia y casi anulado por la manipulación política

Los jueces de la Corte Suprema que vienen de afuera de la “carrera judicial”, usualmente tienen fuertes relaciones con intereses empresariales y con el mundo de los negocios, como consecuencia de sus largos años ejerciendo la profesión de abogado. Y, en el caso específico de los denominados “abogados integrantes”, además, normalmente tienen, directa o indirectamente, una estrecha cercanía con el gobierno, porque es quien los nombra, por sí y ante sí, cada tres años. Y es del caso que la Corte Suprema no tiene un funcionamiento normal desde hace muchos meses, porque le faltan ministros titulares para la integración de sus cuatro salas, por lo que su funcionamiento habitual requiere de los “abogados integrantes”.


En las últimas semanas tres casos judiciales de alta trascendencia nacional, como el fallo que decidió la entrega solo parcial de los correos electrónicos del ministerio de Salud al Ministerio Público, han sido resueltos –en definitiva y para siempre- por la Corte Suprema a través de votaciones divididas muy estrechas (3 x 2), donde el voto de mayoría lo han emitido jueces que no provienen de la “carrera judicial”, sino que han arribado directamente al Máximo Tribunal desde el ejercicio de la profesión de abogado.

Es decir, está ocurriendo, en la práctica, una verdadera disolución de la “carrera judicial”, conmoviéndose los cimientos institucionales de este Poder del Estado.

Estos abogados de afuera de la “carrera judicial” son incorporados directamente a la Corte Suprema, sea en forma permanente, denominados ministros “externos”, producto de la introducción de ministros “de afuera” de la carrera judicial, de conformidad a un acuerdo político plasmado en ley del año 1997 (en pleno gobierno de Frei Ruiz-Tagle y siendo ministra de Justicia, Soledad Alvear) o en forma ocasional y transitoria, como es el caso de los “abogados integrantes”, una institución especialmente contracorriente de la independencia y la transparencia en materia jurisdiccional, según se ha detallado en editorial anterior.

[cita tipo=»destaque»]Parece del todo razonable que a la mayor brevedad se elimine definitivamente la institución de los “abogados integrantes”, y que se revise en profundidad –y se mejore- la de los ministros “externos” al poder judicial. Y, entretanto, todo indica que los “abogados integrantes” debieran estar impedidos de integrar Salas de la Corte cuando se conozcan causas donde se deba decidir acerca de intereses del gobierno o de los gobernantes, o vinculadas a personas o actividades relacionadas con sus ejercicios profesionales.[/cita]

Estos jueces supremos “exprés”, usualmente tienen fuertes relaciones con intereses empresariales y con el mundo de los negocios, como consecuencia de sus largos años ejerciendo la profesión de abogado. Y, en el caso específico de los “abogados integrantes”, además, normalmente tienen una estrecha cercanía, directa o indirecta, con el Gobierno, porque es quien los nombra, por sí y ante sí cada tres años, de ternas confeccionadas por la Corte Suprema.

Y es del caso que la Corte Suprema no tiene un funcionamiento normal desde hace muchos meses, porque le faltan ministros titulares para la integración de sus cuatro salas, razón por la cual su funcionamiento habitual requiere de los abogados integrantes.

Si se analiza la sentencia sobre los correos electrónicos del Ministerio de Salud, dos de los votos a favor del gobierno, en un juicio en que se investigan las responsabilidades por eventuales cuasidelitos de lesiones y homicidio durante la pandemia del ex ministro Jaime Mañalich y del propio Presidente de la República, corrieron por cuenta de los abogados integrantes (Jorge Lagos Gatica, muy cercano a la UDI, y María Cristina Gajardo), quienes dieron la mayoría actuando como bloque junto a un ministro “externo” (Carlos Kunsemuller, quien se integró a la Corte Suprema desde fuera del Poder Judicial el año 2007).

Paradojalmente, los dos ministros de “carrera judicial” que integraron esa Sala de la Suprema, emitieron el voto de minoría, contrario a los intereses del Gobierno, porque estuvieron por entregar la totalidad de los correos electrónicos al Ministerio Público.

En otro caso notorio, en que la Corte Suprema rebajó hasta la ridiculez el monto de la multa a pagar por Julio Ponce Lerou por las infracciones del caso Cascadas, el fallo fue también de 3 x 2, y los votos de mayoría corrieron por cuenta de las ministras “externos” Angela Vivanco y María Eugenia Sandoval y del abogado integrante, Diego Munita (que, oh paradoja, ejerce en materias mineras).

Y en el fallo que negó el retiro de fondos a un pensionado de las Fuerzas Armadas, otra vez concurrieron los votos de Angela Vivanco, María Eugenia Sandoval y del abogado integrante Julio Palavicini.

Parece del todo razonable que a la mayor brevedad se elimine definitivamente la institución de los “abogados integrantes”, y que se revise en profundidad –y se mejore- la de los ministros “externos” al poder judicial. Y, entretanto, todo indica que los “abogados integrantes” debieran estar impedidos de integrar Salas de la Corte cuando se conozcan causas donde se deba decidir acerca de intereses del gobierno o de los gobernantes, o vinculadas a personas o actividades relacionadas con sus ejercicios profesionales.

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