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El nuevo rol de los militares: bomberos, salubristas y policías Opinión

El nuevo rol de los militares: bomberos, salubristas y policías

Claudio Fuentes S.
Por : Claudio Fuentes S. Profesor Escuela Ciencia Política, Universidad Diego Portales. Investigador asociado del Centro de Estudios Interculturales e Indígenas (CIIR)
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El problema es que este involucramiento en tareas que les son subsidiarias, las va desnaturalizando. Precisamente por eso, la Constitución establece objetivos principales y secundarios, para evitar que se desnaturalice la función primaria de las instituciones castrenses, porque quienes debiesen combatir los incendios son los bomberos, quienes deben combatir las plagas son los salubristas y quienes deben combatir el delito son las policías. Las Fuerzas Armadas deben estar preparadas para otra cosa –la defensa del territorio– y aquella función es, por su particular naturaleza, muy diferente a las tareas subsidiarias que ahora les están encomendando cumplir.


En lo que se refiere a las Fuerzas Armadas, el actual Gobierno está dando un salto copernicano. Si no hay guerras –insisten las autoridades– deben ser utilizadas para otras tareas: apagar incendios, realizar operativos de salud y, sobre todo, involucrarlas en el combate del crimen organizado y del narcotráfico.

La idea parece a simple vista razonable. Si no existen amenazas externas evidentes, se sostiene que todos los recursos que se invierten en el sector de la defensa debiesen ser aprovechados para otras misiones, para qué mantener paralizados recursos materiales y humanos que podrían servir para tantas otras cosas. Total, las instituciones castrenses son “polivalentes”, sirven para varias cosas simultáneamente, según plantean en Defensa.

El problema es que este involucramiento en tareas que les son subsidiarias, las va desnaturalizando. Precisamente por eso, la Constitución establece objetivos principales y secundarios, para evitar que se desnaturalice la función primaria de las instituciones castrenses, porque quienes debiesen combatir los incendios son los bomberos, quienes deben combatir las plagas son los salubristas y quienes deben combatir el delito son las policías. Las Fuerzas Armadas deben estar preparadas para otra cosa –la defensa del territorio– y aquella función es, por su particular naturaleza, muy diferente a las tareas subsidiarias que ahora les están encomendando cumplir.

Observemos algunos hechos.

[cita tipo=»destaque»]Bajo el argumento de que está en riesgo la seguridad nacional, se justifica la intromisión de las FF.AA. a la política doméstica. De un modelo de Fuerzas Armadas pensado para la función exclusiva de la defensa, pasamos abruptamente a un proyecto político donde estas entran a cumplir roles que no debieran cumplir y para los que no fueron preparadas. Pero, tal vez, lo más preocupante de toda esta historia es que ocurre a plena luz del día, sin reformas significativas al sistema de inteligencia de las FF.AA. y de las policías, y sin que ningún actor político o institucional se incomode.[/cita]

El 6 de diciembre de 2018, el Ministerio de Defensa firmó un convenio con una institución privada, la Corporación Chilena de la Madera (CORMA), para otorgar diplomas de certificación internacional para que personal del Ejército y la Armada se capacitaran en el combate aéreo de incendios. Se trata de un convenio no menor, pues institucionaliza una certificación para cumplir funciones específicas de control de incendios. En abril de 2019, culminó un taller de capacitación de funcionarios del Ejército para apoyar la búsqueda del mosquito Aedes Aegypti en Iquique, mediante técnicas de inspección entomológica.

El ministro de Defensa, Alberto Espina, ha insistido en el rol polivalente de las Fuerzas Armadas, o sea, que prestan diversas funciones simultáneamente. El 19 de marzo mencionó sus cinco funciones: resguardo de la soberanía, protección del territorio, participación en emergencias, apoyo a las acciones del Estado, y participación en operaciones de paz y en ayuda humanitaria internacional.

El 10 de julio pasado, a propósito del decreto autorizando la colaboración de las FF.AA. en el combate al narcotráfico, el ministro Espina insistió en la función polivalente de las instituciones castrenses: “Lo que significa que no solo están preparadas para defender la soberanía y la integridad territorial, sino trabajar en las emergencias y cooperar con las acciones del Estado dentro de sus competencias legales y constitucionales y, dentro de esas, está el colaborar entregando tecnología, información, transporte y lo que diga relación a coordinación para el trabajo que realice Carabineros”. El problema es cuando estas otras acciones comienzan a copar la acción de los institutos armados.

Ahora bien, la participación de las instituciones armadas en el combate al narcotráfico y crimen organizado se venía materializando hacía varios meses. El 23 de octubre de 2018, el Ministerio del Interior promulgó el Decreto Nº 1341, que creó el Consejo Asesor de Coordinación en Materia de Prevención y Control del Crimen Organizado. El Consejo está presidido por el subsecretario del Interior y participan las máximas autoridades de las siguientes entidades públicas: Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Carabineros de Chile, PDI, Estado Mayor Conjunto, Dirección de Territorio Marítimo, Dirección General de Aeronáutica Civil y Servicio Nacional de Aduanas.

Es decir, en dicho Consejo –encargado, entre otros aspectos, de asesorar al ministro del Interior en el combate al crimen organizado y promover la coordinación institucional para este fin– participan tres oficiales activos de las FF.AA., incluyendo al jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa.

Dos curiosidades tiene el Consejo. Primero, quien lo preside es el subsecretario de Interior, que tiene un rango menor al ministro que también participa de esta instancia. Es más, tiene la atribución de dirimir situaciones de empate, lo que lo convierte en un actor más poderoso que el propio secretario de Estado del cual depende. Pero también en dicho Consejo las decisiones se adoptan por mayoría simple. Es decir, se trata de uno donde los representantes de las FF.AA. –que son subordinadas al poder civil por rango constitucional– pueden votar y deliberar en el mismo espacio que ocupa el ministro de Defensa, que es su autoridad política superior.

Estamos, entonces, hablando no solo de un involucramiento de las FF.AA. bajo ciertas condiciones excepcionales (emergencias), sino que se han creado instancias donde se las ha incorporado con derecho a voz y voto, al margen de los principios básicos de subordinación al poder político. Este decreto está vigente, ya se han efectuado reuniones de este consejo y han participado de ellas los uniformados.

Lo anterior culmina con el Decreto Nº 265, que explicitó la colaboración de las Fuerzas Armadas con las autoridades civiles en el combate al narcotráfico y donde la Contraloría General tuvo que rayarle la cancha al Gobierno: que no podría intervenir en procedimientos operativos, que la colaboración deberá someterse a evaluación y decisión política y que esta deberá desarrollarse, exclusivamente, en zonas fronterizas.

Sin embargo, varios problemas deberá enfrentar la autoridad en la aplicación de dicho decreto. Lo primero es definir qué se entenderá por colaboración tecnológica, por “despliegue de unidades” y por “zonas fronterizas”. ¿Dónde, por ejemplo, comienza y termina una zona fronteriza para determinar los despliegues que se autorizan por este decreto? Lo tercero es que el decreto establece que le corresponderá al ministro de Defensa nombrar los mandos que asumirán el control operativo, pero la ley Orgánica de las Fuerzas Armadas establece que tales nombramientos son privativos de los comandantes en Jefe de las ramas (artículo 8º, Ley 18.948).

El Gobierno se muestra convencido de que las FF.AA. deben participar y apoyar la acción del Estado en temas domésticos. Sostiene que lo debe hacer, porque las instituciones armadas son polivalentes y, también, porque legalmente pueden brindar apoyo en emergencias y cuando la “seguridad nacional” así lo requiera. Esta colaboración, que tradicionalmente había sido entendida como excepcional, subsidiaria a su función principal de la Defensa, ahora es puesta como una función complementaria y fundamental.

Así, no se fortalecen los servicios de atención de salud ni las brigadas contra incendios, tampoco los cuerpos policiales. Se opta por el camino de convertir a las Fuerzas Armadas en brigadas médicas, cuerpos de bomberos y colaboradoras con la función policial. Se desnaturaliza la función principal para la cual fueron creadas las instituciones militares y, además, se crean instituciones civiles en las que se invita a las propias instituciones armadas a deliberar sobre las políticas en materia de crimen organizado.

Bajo el argumento de que está en riesgo la seguridad nacional, se justifica la intromisión de las FF.AA. a la política doméstica. De un modelo de Fuerzas Armadas pensado para la función exclusiva de la defensa, pasamos abruptamente a un proyecto político donde estas entran a cumplir roles que no debieran cumplir y para los que no fueron preparadas. Pero, tal vez, lo más preocupante de toda esta historia es que ocurre a plena luz del día, sin reformas significativas al sistema de inteligencia de las FF.AA. y de las policías, y sin que ningún actor político o institucional se incomode.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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