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El nuevo sistema de financiamiento de las Fuerzas Armadas Opinión

El nuevo sistema de financiamiento de las Fuerzas Armadas

Pablo Urquizar
Por : Pablo Urquizar Jefe de Gabinete Ministerio de Defensa
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Tiene como líneas fundamentales la plurianualidad, la estabilidad de la inversión, la existencia de abundantes controles por parte del Congreso Nacional y la Contraloría General de la República. Es un proyecto elaborado y construido, especialmente, sobre la base del aporte sustantivo de las Fuerzas Armadas, la Dirección de Presupuestos, senadores, diputados y diversos asesores, una transversalidad que le da solidez política y técnica, que permite vislumbrar, verdaderamente, a la Defensa como una Política de Estado, llamada a cumplir a cabalidad sus áreas de misión en beneficio de todos, reforzando fuertemente la confianza de la ciudadanía.


La semana pasada fue aprobada, con una amplia mayoría en su trámite final, la iniciativa legal ingresada por el Presidente Sebastián Piñera que deroga la Ley Reservada del Cobre y crea un nuevo mecanismo de financiamiento de las capacidades estratégicas de la Defensa. Un proyecto que fue elaborado y construido, especialmente, sobre la base del aporte sustantivo de las Fuerzas Armadas, la Dirección de Presupuestos, senadores, diputados y diversos asesores, una transversalidad que le da solidez política y técnica.

Sin duda, es un hecho histórico y muy relevante, que permite modernizar nuestras Fuerzas Armadas y actualizarlas, conforme a los nuevos desafíos de la Defensa. Sabido es que la actual Ley 13.196 –más conocida como Ley Reservada del Cobre, cuyos orígenes se remontan al año 1958– tiene varias complejidades y problemas: que el Congreso Nacional estaba completamente excluido de la discusión sobre el financiamiento de las capacidades estratégicas, imposibilitando el necesario control civil y democrático, como también que nuestra defensa no podía quedar sujeta a la volatilidad del precio del cobre para efectos de su financiamiento. En tercer lugar, la poca transparencia en la asignación de los recursos, en tiempos de desconfianza, hacía insostenible un sistema como el que proponía la Ley Reservada del Cobre y que fuese legitimado democráticamente.

[cita tipo=»destaque»]El Ministerio de Defensa también deberá justificar el aporte anual que requiere en las respectivas subcomisiones y comisiones mixtas de presupuestos del Congreso. Junto con lo anterior, respecto de cada decreto que aprueba adquisiciones de material bélico, infraestructura asociada o mantenimiento, la Contraloría podrá formular observaciones y ordenar una auditoría, remitiendo los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE) o al Ministerio Público, si correspondiere. Aún más, el ministro de Defensa deberá dar cuenta a ambas cámaras del Congreso de las referidas observaciones.[/cita]

El nuevo sistema de financiamiento que se crea tiene como líneas fundamentales la plurianualidad, la estabilidad de la inversión, la existencia de abundantes controles por parte del Congreso Nacional y la Contraloría General de la República.

Así, se crea un Fondo Plurianual, que permite concretar las capacidades estratégicas en un plan de inversiones de mediano y largo plazo, conforme a la Política de Defensa y a la Planificación del Desarrollo de la Fuerza. Asimismo, se consagra un aporte basal asegurado para la mantención de dichas capacidades y un fondo de reserva –denominado Fondo de Contingencia Estratégico– para situaciones de crisis internacional, catástrofes, emergencias o anticipos de adquisiciones, cuando por las características o disponibilidad sea necesario desarrollar una determinada capacidad estratégica ya planificada.

Por otro lado, los controles civiles explícitos –que incluyen al Congreso y refuerzan el rol de la Contraloría– tienen los resguardos de reserva que la materia requiere. Así, durante el primer semestre de cada año y previo a la discusión de la Ley de Presupuestos, el ministro de Defensa deberá informar a las comisiones técnicas de cada cámara sobre la política de defensa, la Planificación del Desarrollo de la Fuerza y el Plan Cuatrianual de Inversiones, con la proyección del aporte anual que se discutirá, posteriormente, en la tramitación de la Ley de Presupuestos.

Del mismo modo, el Ministerio de Defensa también deberá justificar el aporte anual que requiere en las respectivas subcomisiones y comisiones mixtas de presupuestos del Congreso. Junto con lo anterior, respecto de cada decreto que aprueba adquisiciones de material bélico, infraestructura asociada o mantenimiento, la Contraloría podrá formular observaciones y ordenar una auditoría, remitiendo los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE) o al Ministerio Público, si correspondiere. Aún más, el ministro de Defensa deberá dar cuenta a ambas cámaras del Congreso de las referidas observaciones.

La Contraloría siempre podrá fiscalizar y ejecutar el control sobre las inversiones en defensa y el ministro deberá, una vez al año, en sesión secreta y conjunta, informar también a las comisiones respectivas cómo se están materializando las capacidades estratégicas, conforme a la Planificación del Desarrollo de la Fuerza.

Por último, desde la entrada en vigencia de la ley, las FF.AA. reemplazarán íntegramente el financiamiento proveniente de la Ley Reservada del Cobre por este nuevo mecanismo moderno, estable, transparente y con amplios controles civiles y democráticos.

La aprobación transversal del proyecto permite vislumbrar, verdaderamente, a la Defensa como una Política de Estado, llamada a cumplir a cabalidad sus áreas de misión en beneficio de todos, reforzando fuertemente la confianza de la ciudadanía. Sin lugar a dudas, un gran paso para Chile.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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