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Ponce Lerou saca cuentas alegres: en fallo dividido, la Corte Suprema anula juicio contra Motta en Caso Cascadas MERCADOS

Ponce Lerou saca cuentas alegres: en fallo dividido, la Corte Suprema anula juicio contra Motta en Caso Cascadas

Aldo Motta, en su rol de gerente general de las Cascadas, había sido condenado a cuatro años de libertad vigilada, y el fallo fue “celebrado” por quienes veían en el mismo un camino cierto para que Ponce Lerou fuera procesado y condenado por el caso. Incluso, la fiscal Ximena Chong había destacado dicha sentencia como un “impulso” para la investigación y para la persecución del resto de los involucrados. Pero tras la decisión de la Segunda Sala de la Corte Suprema de anular la sentencia, el juicio oral contra Motta comenzará de cero [ACTUALIZADA]


Los gatos tienen siete vidas, pero Julio Ponce Lerou parece tener muchas más. El empresario que controla indirectamente SQM a través de las sociedades Cascada saca cuentas alegres tras conocerse el fallo de la Segunda Sala de la Corte Suprema, que en decisión dividida 3-2 anuló el juicio contra Aldo Motta en el marco del caso Cascadas.

Motta, en su rol de gerente general de las Cascadas, había sido condenado a cuatro años de libertad vigilada, y el fallo fue “celebrado” por quienes veían en el mismo un camino cierto para que Ponce Lerou fuera procesado y condenado por el caso.

Esto, porque el juicio oral contra Motta sacó a relucir que era prácticamente imposible que Ponce Lerou no hubiera conocido los movimientos de las sociedades Cascadas, pues un gerente general no habría tomado estas atribuciones por sí solo.

La misma fiscal a cargo del caso, Ximena Chong había dado luces sobre la relevancia del fallo que ya en la Corte de Apelaciones había apuntado a Ponce como principal responsable del esquema. En entrevista con La Tercera en noviembre del año pasado, Chong señaló que la de Motta sería una sentencia que significaría un “impulso” para la investigación y un camino de persecución para el resto de los involucrados.

Luego en febrero la Corte de Apelaciones señaló que “los actos irregulares en que incurre Ponce Lerou, lo fueron en calidad de miembro del directorio de las sociedades, sin embargo, su responsabilidad no se reduce a dicha calidad, sino además a su carácter de presidente del directorio de todas las sociedades cascadas y como controlador de las sociedades relacionadas, vinculadas e instrumentalizadas, siendo quien ideó y promovió la realización del esquema irregular que generó los actos por los que se le sanciona. De este modo ha incurrido en una conducta de mayor reproche a la que podría atribuírsele a un mero director».

Todo de cero

Pero tras ser anulada la sentencia por parte de la Suprema, el juicio oral contra Motta comenzará de cero. Parte de los argumentos de su defensa, encabezada por el abogado Samuel Donoso, fueron que Motta había sido perjudicado por llevarse contra el exejecutivo un proceso separado del resto de los involucrados en el caso. Asimismo, se expuso como argumento la gran cantidad y complejidad de los antecedentes provistos en el juicio.

La causa tenía ciertas complejidades en su análisis a vista de los jueces, pues de hecho prefirieron, primero, dejarla “en estudio”, para leer finalmente el fallo hoy a las 13:00 horas.

Chong dijo que les queda la tranquilidad que -de acuerdo a la lectura del fallo- la nulidad se acogió solo referida a una de las seis causales de nulidad, pero que ahora resta analizar en detalle la decisión de los ministros Hugo Dolmetsch y Jorge Dahm, que estuvieron por rechazar la solicitud. En tanto, los votos a favor de acoger el recurso de nulidad corrieron por cuenta de los ministros Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas y Manuel Antonio Valderrama.

La fiscal dijo que no iban a realizar mayores comentarios, hasta analizar a fondo la sentencia, pues el extracto que habían conocido eran demasiado básicos.

De todos modos, agregó que si bien existen algunas causales que pueden implicar el reemplazo de sentencia, existen otras, como es el caso, que obligan a realizar de nuevo todo el proceso de juicio oral. «Se abre todo el abanico de posibilidades”, comentó.

“Esta causal pese a que solo fue acogida por el caso número 6, implica que se anula la sentencia y el juicio oral y por lo tanto debe realizarse otro juicio en tribunal no inhabilitado, que puede arribar, en todo caso, a cualquier decisión. Vuelve a juzgarse de los casos uno al seis”, comentó y aclaró que  y que no es mandatoria la absolución.

“No altera la estrategia, pero demanda sí, una reorganización de recursos”, añadió la fiscal.

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