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Contraloría General extiende fuero maternal a trabajadoras a honorarios del Estado BRAGA Crédito: Agencia Uno

Contraloría General extiende fuero maternal a trabajadoras a honorarios del Estado

El organismo fiscalizador modificó el criterio que extendía el derecho a fuero maternal sólo para trabajadoras de planta y contrata. De esta manera, la Contraloría concedió a las mujeres trabajadoras a honorarios del Estado, “el reconocimiento especial de protección durante un período de tiempo razonable antes y después del parto, debiendo concederles a las que trabajen, licencia con remuneración o con prestaciones adecuadas de seguridad social”. Cabe destacar, que actualmente poco más del 40% de los trabajadores del Estado están en modalidad de honorarios, y de este porcentaje se estima que más de la mitad serían mujeres.


Desde ahora en adelante, todas las mujeres que trabajan a honorarios en el Estado tendrán acceso al fuero maternal. Así lo determinó la Contraloría General de la República, el organismo fiscalizador que con perspectiva de género, sumó este derecho fundamental para proteger la maternidad de las trabajadoras.

Los antiguos criterios del Estatuto Administrativo, señalaban que la protección a la maternidad en la administración pública sólo era para trabajadoras en cargos de planta y contrata, bajo el argumento de que quienes trabajaban en honorarios no tenían calidad de funcionarias públicas.

Es por esto que el Departamento de Previsión Social y Personal de la entidad solicitó la revisión y modificación del dictamen de 2018, que negaba el derecho a cuidar el embarazo, descanso y crianza maternal a quienes trabajaban a honorarios.

“En la actualidad, las mujeres que prestan servicios a honorarios para la Administración en las condiciones señaladas, y que coticen para los distintos regímenes de protección social, tienen derecho a acceder a las coberturas que ellos otorgan y, por tanto, a invocar los beneficios que correspondan a la maternidad derivados de aquella cobertura”, señalaron en el escrito.

De esta manera, la modificación apeló a que la mujer mantenga su fuente laboral y asegure «un medio de subsistencia económica para el debido cuidado tanto de ella como de su hijo y, asimismo, permanecer adscrita al sistema de seguridad social”.

El organismo dirigido por Jorge Bermúdez, respaldó la iniciativa evidenciando que este derecho también está contenido en el Código del Trabajo y en tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado en 1989 y el Convenio 103 de la Organización Internacional del Trabajo de 1999.

En ambos casos hacen “el reconocimiento especial de protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto, debiendo concederles a las que trabajen, licencia con remuneración o con prestaciones adecuadas de seguridad social”.

Cabe destacar que actualmente, en el Estado laboran aproximadamente un millón de empleados, y poco más del 40% trabajan en modalidad de honorarios. De este porcentaje,  se estima que poco más de la mitad serían mujeres.

Lee el dictamen completo aquí:

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