Interpelada por las organizaciones feministas y de mujeres, a propósito del impacto diferenciado de la represión en las niñas, mujeres y colectivos LGTBI+, la ministra Pla, en los últimos días, se ha referido al compromiso del Presidente de la República con los derechos humanos y ha mencionado el compromiso del director general de Carabineros con el cumplimiento de los protocolos. Desafortunadamente estos compromisos declarados no han tenido un correlato en la práctica ni se han adoptado medidas que den cuenta de ellos. Muy por contrario, las querellas presentadas por el INDH por violencia sexual aumentaron de 19 a 52 en dos días. Se trata de –al menos- 33 casos de violencia sexual que pudieron haberse evitado. Diversas voces advirtieron del riesgo que existía y no se adoptaron las medidas que razonablemente se esperaban en las circunstancias actuales para prevenirlos.
Además, la titular de la cartera de la Mujer y la Equidad de Género anunció la creación de un equipo de trabajo para acompañar a mujeres que han denunciado violencia sexual. Si bien se trata de una medida relevante, esta resulta insuficiente para satisfacer el estándar internacional de debida diligencia que pesa sobre el Estado de Chile en materia de violencia de género. Al respecto se deben adoptar todas las medidas legales, administrativas y de otra índole para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos que reiteradamente hemos constatado en estas últimas 3 semanas.
Las aquí firmantes, condenamos todas las formas de represión ejercidas sobre todas las personas, pero como mujeres abogadas queremos poner el foco en el impacto diferenciado de la represión en niñas, mujeres y personas LGTBI+ y para hacerle frente, sugerimos, en lo inmediato, adoptar al menos las siguientes medidas:
En cuanto a los hechos ya ocurridos, en particular aquellos constitutivos de violencia sexual, se debe velar por que se haga efectiva la responsabilidad penal y administrativa de los funcionarios de Carabineros involucrados y recabar antecedentes sobre estos hechos, tanto para producir información estadística, como para comprender las causas y consecuencias de la violencia sexual policial, como la efectividad de las medidas que se adopten. En ese sentido, se debiese:
– Requerir al Ministerio Público la información sobre todas las denuncias efectuadas por mujeres y personas LGTBI en contra de Carabineros.
– Remitir esos antecedentes a Contraloría General de la República para que se ordene a Carabineros instruir los procedimientos disciplinarios correspondientes.
– Trabajar con Carabineros en la confección de protocolos de actuación en casos de violencia de género y sexual, por ejemplo, recomendando la adopción de medidas de suspensión preventiva de los denunciados en casos de esa naturaleza.
– Convocar a las organizaciones de la sociedad civil para que le informen de los casos que han identificado de violencia sexual en contra de mujeres y personas LGTBI, sistematizar la información y entregar los antecedentes al Ministerio Público y a Contraloría General de la República (de manera que esta última ordene instruir los procesos disciplinarios correspondientes).
– Crear un mecanismo interinstitucional, con participación de todos los operadores de justicia (Poder Judicial, Ministerio Público y Defensoría Penal Pública) y otros organismos relevantes (INDH y Defensoría de la Niñez), para el seguimiento de casos de violencia sexual en contra de niñas, mujeres y personas LGTBI+ e implementar un registro único de información u observatorio de datos que esté a disposición de la ciudadanía.
[cita tipo=»destaque»] se deben adoptar todas las medidas legales, administrativas y de otra índole para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos que reiteradamente hemos constatado en estas últimas 3 semanas. [/cita]
En cuanto a los hechos que aún no han ocurrido, pero respecto de los cuales, atendido el patrón de actuación de Carabineros, existe un riesgo latente de que se produzcan, es imprescindible adoptar medidas preventivas como:
– Realizar, en todo el territorio nacional, de manera urgente, capacitaciones al personal de Carabineros sobre derechos humanos de las mujeres y prevención de la violencia sexual, poniendo a disposición para ello a las y los funcionarios de la red de dispositivos de Sernameg y las Seremias de la Mujer y la Equidad de Género.
– Incorporar objetivos, acciones y mecanismos destinados a abordar estas materias en todos los componentes del Plan Nacional de Violencia contra las Mujeres, que aún no se ha adoptado por parte del ministerio y que se encuentra pendiente desde 2017.
– Diseñar e implementar el Tercer Plan Nacional de Acción sobre la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, sobre Mujer, Paz y Seguridad que, entre otras cosas, releva la alta incidencia de la violencia sexual en tiempos de conflicto y la importancia de la participación de las mujeres en la consecución y mantenimiento de la paz.
Estas medidas urgentes son sólo algunas de las que razonablemente se deberían adoptar y derivan del deber reforzado de actuar con la debida diligencia a la que se encuentra obligado el Estado de Chile en virtud de lo dispuesto en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Convención CEDAW), siendo competencia del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género de acuerdo a la Ley 20.820, en su rol de órgano rector en materia de igualdad de género.
Las niñas, mujeres y colectivos LGTBI+ del país no pueden seguir esperando. ¡La hora de actuar es ya!
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