Publicidad
Mesa Acción por el Aborto en Chile tras resolución del TC: «Ganan las clínicas, lucran los privados, pierden las mujeres» BRAGA

Mesa Acción por el Aborto en Chile tras resolución del TC: «Ganan las clínicas, lucran los privados, pierden las mujeres»

“Este límite tan mínimo y de sentido común, es el que parlamentarios de derecha cuestionaron ante el Tribunal Constitucional. Más que el derecho de las mujeres legalmente reconocido en las 3 causales, para ellos lo importante es que el sector privado de salud tenga la posibilidad de optar otorgar o no la prestación de interrumpir un embarazo, sin consecuencia respecto de los fondos públicos que pueda percibir. Su “libertad institucional” es más importante que la responsabilidad del Estado de garantizar que las mujeres tengan acceso a las prestaciones a las cuales tienen derecho” señala Gloria Maira, ex subsecretaria del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y una de las voceras de la Mesa.


Con indignación La Mesa Acción por el Aborto en Chile recibió la resolución del Tribunal Constitucional declarando inconstitucional el reglamento de Objeción de Conciencia el pasado 6 de noviembre.

Esta llega tras el requerimiento presentado por parlamentarios del gobierno, buscando anular las limitaciones a la objeción de conciencia para instituciones privadas que con convenios para realizar prestaciones ginecobstétricas con fondos públicos.

Según señalaron a través de una declaración pública, «de acuerdo al último reglamento del Ministerio de Salud, el único límite que establecido a las instituciones privadas es mínimo: que no puede estar recibiendo fondos públicos por efecto de un convenio con el Estado (en base al DFL 36) por prestaciones gineco-obstétricas que se realicen en pabellón. De acuerdo a la ley, se entiende que quienes suscriben estos convenios son parte de la red de servicios de salud del Estado, y por tanto les da el mismo tratamiento que a los hospitales públicos: no pueden objetar como institución».

“Este límite tan mínimo y de sentido común, es el que parlamentarios de derecha cuestionaron ante el Tribunal Constitucional. Más que el derecho de las mujeres legalmente reconocido en las 3 causales, para ellos lo importante es que el sector privado de salud tenga la posibilidad de optar otorgar o no la prestación de interrumpir un embarazo, sin consecuencia respecto de los fondos públicos que pueda percibir. Su “libertad institucional” es más importante que la responsabilidad del Estado de garantizar que las mujeres tengan acceso a las prestaciones a las cuales tienen derecho” señala Gloria Maira, ex subsecretaria del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y una de las voceras de la Mesa.

Para Ana Piquer, directora de Amnistía Internacional e integrante de la Mesa, “permitir que un o una profesional de salud se rehúse a realizar una atención de salud por razones de conciencia es algo extremadamente excepcional”. Tratándose de aborto, en la práctica, implica hacerle más difícil a las mujeres acceder a un procedimiento seguro cuando está en una de las tres causales. “Ya es un problema que se permita la objeción de manera amplia. Es peor que se permita objetar a instituciones completas. Esta objeción de conciencia institucional -figura instaurada por el Tribunal Constitucional por sobre la voluntad del Congreso Nacional- no tiene asidero alguno en los sistemas de protección de derechos humanos. Conciencia tienen las personas, no las instituciones”, enfatiza.

“Una mujer en cualquiera de las 3 causales, además de tener que sobrellevar lo que está viviendo y cumplir con los requisitos que exige la ley, podría tener que pasar por un verdadero “puerta a puerta” para encontrar dónde interrumpir su embarazo, en una carrera de obstáculos que además es contra el tiempo, que solo la vulnera aún más. Avalando estas trabas, el gobierno se vuelve cómplice de la violencia hacia las mujeres ejercida por el mismo Estado”, señala con preocupación Gloria Maira.

La Mesa Acción por el Aborto en Chile declara indignante ver que, luego que se consiguió tener tres causales en la ley, «ahora la quitan por vía administrativa y judicial, sin respeto a las decisiones democráticas que se tomaron en una larga discusión como país, ni a los derechos humanos de las mujeres. El Estado tiene el deber de garantizar la aplicación de la ley y facilitar el acceso de las mujeres, especialmente de aquellas particularmente vulneradas en sus derechos, como las niñas y las adolescentes, o aquellas que viven con escasos recursos económicos. Este deber está lejos de cumplirse a cabalidad y una de las razones es la objeción de conciencia, critican».

Publicidad

Tendencias