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Caso general Bachelet: Corte Suprema ratifica condena de presidio efectivo contra miembros de la Fach

Caso general Bachelet: Corte Suprema ratifica condena de presidio efectivo contra miembros de la Fach

El máximo tribunal del país rechazó los recursos de casación y confirmó, en fallo dividido, el presidio efectivo de cuatro años para los ex oficiales de la Fuerza Aérea, Edgar Cevallos Jones y Ramón Cáceres Jorquera, por la aplicación de tormentos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 12 marzo de 1974 contra el general de la Fach, Alberto Bachelet Martínez. Para los magistrados además quedó acreditado que la Academia de Guerra Aérea fue un centro de detención de miembros de la institución y de civiles encarcelados bajo el cargo de «infiltración marxista» entre 1973 y 1975, donde los internos eran infatigablemente sometidos a sesiones de torturas y apremios físicos y psicológicos con el propósito de obtener de ellos sus confesiones de culpabilidad y poder así condenarles en Consejo de Guerra.


La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la resolución del magistrado Mario Carroza, quien condenó a los miembros en retiro de la Fach por la aplicación de tormentos al padre de la Presidenta Bachelet en el inicio de la dictadura. Son cuatro años de presidio efectivo de cárcel para Edgar Cevallos y Ramón Cáceres por los ilícitos perpetrados en la Academia de Guerra.

Consultado por El Mostrador, el abogado de la familia presidencial, Isidro Solis, se mostró satisfecho con el fallo respecto a la responsabilidad penal de los dos miembros en retiro de la Fuerza Aérea. “Lo tomamos con mucha tranquilidad, la familia ha expresado la confianza en la justicia y este fallo confirma esa confianza. Lo que se ha buscado es que queden transparentados los hechos, la sanción social y que se aplique una pena. El quantum de la pena pasaba a un segundo plano, sobre todo porque nos causa satisfacción que se haya establecido la verdad, se hayan acreditado los hechos de la causa y se determinara la responsabilidad de estas dos personas. Respecto a la cantidad de años, siempre se dijo al interior de la familia que, si la justicia estima que esta es la pena correcta, es porque es la correcta y eso nos deja tranquilos. Se mantiene de esta forma la sensación de tranquilidad”, aseguró el defensor.

Dentro de los hechos acreditados en el fallo del máximo tribunal están que Alberto Bachelet estaba investigado por la Fach por eventuales acciones favorales al depuesto gobierno del Presidente Salvador Allende. Según la resolución, Bachelet “es detenido por primera vez el 11 de septiembre de 1973, a quien encañonan para incomunicarlo y dejarlo en custodia militar. Dos horas más tarde queda en libertad por no haber cargos en su contra. De esta forma el padre de la Presidenta presenta su renuncia a la Fach. Días más tarde se le inculpa de haberse detectado reuniones con personas de izquierda y eventuales movimientos de armas al interior del Banco del Estado. Una vez que la diligencia se cumple, junto a otros oficiales, son trasladados al Regimiento de Artillería Antiaérea de Colina, donde quedan en calidad de detenidos hasta el día 20 de septiembre, fecha en que son trasladados a la Academia de Guerra Aérea, donde se les mantiene detenidos y se les somete a tratos crueles, inhumanos y degradantes por oficiales y personal de la Fuerza Aérea, quienes desempeñando funciones de interrogadores bajo el mando de la Fiscalía de Aviación en Tiempo de Guerra, les torturaban”

El fallo además afirma que esas torturas “consistían en mantenerles con la vista vendada o encapuchados por varios días, atarlos de las manos por la espalda obligándoles a mantenerse de pie por tiempo indefinido, sin hablar, bajo amenaza de dispararles, como también los despojaban de sus pertenencias para hacerlos sentir desamparados. No les proporcionaban agua ni los llevaban al baño, pero con el fin de aumentar su angustia les hacían escuchar cómo corría el agua en el lavabo, y también oír el ruido de la cadena del sifón”.

“Dichos tormentos eran como ‘ablandamientos’ y le provocaron isquemias, particularmente por los antecedentes cardíacos que le precedían y que a esa fecha eran conocidos por los oficiales que se encontraban cumpliendo funciones en la Fiscalía de Aviación y que finalmente en esa ocasión obligan a su hospitalización en el hospital institucional desde el 22 de septiembre de 1973 hasta los primeros días de octubre de ese año, diagnosticándole una afección cardiaca provocada por el estado de tensión y presión psicológica a la cual se le había sometido”, plantea el fallo. Y agrega que “el 18 de diciembre de 1973, Bachelet vuelve a ser detenido y llevado a la Cárcel Pública donde lo mantienen recluido junto a otros oficiales en una celda y donde sufre nuevas descompensaciones. Finalmente el 11 de marzo de 1974, el General Bachelet es retirado desde la Cárcel Pública por una patrulla formada por un Oficial y dos conscriptos de la Fiscalía de Aviación, en cumplimiento de órdenes superiores, quienes le trasladan a dependencias de la Academia de Guerra para someterlo a un interrogatorio y obligarlo a escuchar los quejidos por torturas a una mujer”.

Dentro de los hechos acreditados, el tribunal afirma además que al día siguiente, “en horas de la mañana la víctima (general Bachelet) se siente mal y decae, siendo atendido por el doctor Yáñez, compañero de reclusión, quien comprueba que el General Alberto Bachelet sufre de una dilatación cardíaca aguda, la que finalmente sería la causa de su muerte en dependencias de la Cárcel Pública, donde no se le pudo brindar oportunamente los cuidados que la urgencia requería, dada la complejidad del cuadro cardíaco y los escasos medios para asistirlo”

Con esta ratificación de la condena, los dos ex miembros de la fuerza aérea pasarán a ser notificados y ser trasladados a Punta Peuco.

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