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El fallo que golpea al SII y su afán de acotar discrecionalmente los casos de platas políticas Corte de Apelaciones echa por tierra “Doctrina Lara”

El fallo que golpea al SII y su afán de acotar discrecionalmente los casos de platas políticas

El largo round entre el SII y el Ministerio Público por las facultades a la hora de formalizar e investigar involucrados en la bola de nieve en que se han convertido los casos de platas políticas, anotó un importante punto para la Fiscalía luego de que un segundo fallo judicial indicara que esta última no requiere de querellas nominativas por parte del SII para poder formalizar. Una fórmula que se ha interpretado como un intento de frenar la ‘caja de pandora’ que ha ido dejando heridos en todo el espectro político, y que incluso llegó al corazón de La Moneda.


Un duro golpe para el Servicio de Impuestos Internos (SII), en el largo round con el Ministerio Público en torno a los casos de platas políticas, propinó la Corte de Apelaciones de Santiago el viernes 10 de junio pasado, tras el fallo en el que dio un portazo a la “tesis” instalada por la institución liderada por Fernando Barraza, de que se requiere una querella nominativa por parte del organismo recaudador para que el Ministerio Público pueda impulsar una formalización en casos de delitos tributarios.

Esta decisión, se dio en el marco de la solicitud de sobreseimiento por parte de la defensa del ex senador UDI Carlos Bombal, que fue rechazada argumentando que la Fiscalía sí tiene facultades para formalizar a un imputado, como el caso de Bombal, sin denuncia o querella nominativa de parte del SII.

El ex parlamentario fue formalizado por haber cursado una boleta en 2013 a través de un tercero –Manuel Pau Villarino– para ayudar en la campaña del ex candidato a diputado Fernando Herman, en su calidad de ejecutivo de Penta, para lo cual conversó con los controladores del holding, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín.

Fuentes cercanas a la institución dependiente del Ministerio de Hacienda, aseguran que el fallo “es una importante derrota para la posición actual de la dupla Barraza/Lara”, director y subdirector jurídico del SII, respectivamente.

Según el fallo, la Fiscalía cuenta con una denuncia y una querella por parte del SII contra Penta, lo que habilita al Ministerio Público para formalizar a Bombal. “Los hechos constitutivos de delito se encuentran suficientemente desarrollados y explicados en la denuncia previa del 8 de octubre de 2014, presentada por el Servicio de Impuestos Internos, en la que se consigna expresamente que la empresa Penta S.A. registró y contabilizó una boleta de honorarios falsa de Manuel José Pau Villarino”, detalla el texto.

En términos simples, según explica un profesional cercano al SII, “lo que dice la Corte, en este caso, es que la formalización es procedente porque los hechos ya estaban descritos por una denuncia presentada por el servicio que incluía estos hechos, por los que se formaliza a Bombal. Ahí se termina de completar la argumentación. Eso es importante porque entonces las querellas o denuncias presentadas por el SII no requieren ser nominativas, basta que se ejerza la acción penal contra la persona”.

La Doctrina Lara

El gallito entre el SII y el Ministerio Público se inició luego de la entrada en escena de SQM a los casos de financiamiento irregular de la política, donde a diferencia de Penta los involucrados ya no eran solo actores ligados a la UDI, sino también a la Nueva Mayoría.

De hecho, SQM golpeó directamente al corazón del gobierno tras la aparición del ex recaudador de la que se ha conocido como “precampaña” de Michelle Bachelet, Giorgio Martelli, recientemente reformalizado en el caso.

La irrupción de figuras ligadas al oficialismo marcó una inflexión en el actuar del SII, que decidió ejercer acciones única y exclusivamente contra las personas que señalara explícitamente. Es así como, a partir de febrero de 2015, se empezó a omitir la frase “contra todos los que resulten responsables”, un drástico giro, ya que hasta antes de eso, la fórmula venía incluida en la totalidad de las acciones de la institución.

No solo eso. Progresivamente se derivó en la presentación de querellas nominativas.

Un mes después de la llegada de Bernardo Lara al cargo de subdirector jurídico del SII, de la mano de Fernando Barraza –instalado por La Moneda tras la salida del ex director Michel Jorratt y de Cristián Vargas, que denunció presiones políticas al interior de la institución– una nueva movida limitó aún más los movimientos del Ministerio Público a la hora de formalizar involucrados.

Es así como, dentro de la esperada y dilatada querella del SII contra la filial de Soquimich, SQM Salar, que involucraba pagos irregulares a la precampaña de Michelle Bachelet y a asesores de Marco Enríquez-Ominami, entre otras figuras políticas, se incluyó un extenso párrafo argumentando por qué el SII tiene facultades exclusivas en la persecución de delitos tributarios.

[cita tipo= «destaque»]Este es el segundo fallo de la Corte de Apelaciones que va en esta línea. Anteriormente, en septiembre de 2015, rechazó un amparo interpuesto por el ex vicepresidente de RN, Claudio Eguiluz, dándole luz verde a la Fiscalía para formalizar sin querella del SII. Para Marisa Navarrete, “ese fallo fue un primer paso, en este segundo fallo tenemos un pronunciamiento mucho más de fondo respecto al tema. Además, es relevante destacar que se trata de la sala tributaria, o sea, lo están diciendo ministros especialistas en la materia”.[/cita]

En una inédita página y media, el servicio explicó las que a su juicio son facultades exclusivas en la persecución de delitos tributarios, que son los que abundan en los casos Penta, SQM y Angelini. “La presente acción penal por delitos tributarios se dirige única y exclusivamente en contra de las personas singularizadas de manera expresa y nominativa en ella, extendiéndose solo a los hechos que en su texto se detallan”, plantea el primer párrafo de la querella presentada el martes 22 de septiembre pasado.

Hubo sorpresa en el mundo de los abogados y la Fiscalía, donde esta suerte de “declaración” fue interpretada como un nuevo freno a la caja de Pandora que se ha ido abriendo con los casos de financiamiento irregular de la política.

Punto para la Fiscalía

Para la ex jefa del Departamento de Litigación Penal del SII, Marisa Navarrete, este reciente fallo de la Corte “es bastante trascendente, porque por una parte reafirma la facultad exclusiva del Ministerio Público, que es el único ente encargado de la investigación penal, y por otra parte, echa por tierra esta atribución que se ha autoimpuesto el SII, en el sentido que puede, de alguna manera, limitar contra quiénes dirige su acción penal”.

La abogada que en la práctica logró que se investigara el caso de fraude al FUT, el cual abrió la puerta al dominó en que se transformó la veta de las platas políticas, señala que “lo que hace la Corte es reafirmar que lo que importa en la denuncia o en la querella del SII, es que los hechos se encuentren contenidos en una denuncia o en una querella. Si los hechos están contenidos, entonces el Ministerio Público puede seguir adelante con la investigación. Echando por tierra aquella pretensión del SII de limitar las querellas”.

En todo caso, recuerda Navarrete, en el caso de Bombal existía una denuncia que contenía la expresión “contra quienes resulten responsables”.

“Entonces lo que no está resuelto aún es qué efecto tienen estas querellas nominativas que últimamente está haciendo el SII, donde dice especialmente que no dirige la acción contra determinadas personas, sino solo contra aquellas que indica”, detalla.

Y agrega que “Lara es el creador de las querellas nominativas, y de la idea de que ellos están para recolectar impuestos y no para perseguir penalmente, que ellos son los encargados de determinar si se querellan o no. Esa es la Doctrina Lara. Pero eso no es lo que le dice la Corte, sino que, si el servicio ya denunció, ya dio un primer paso en la persecución o denuncia de un delito tributario, llega hasta ahí y ahora le toca al Ministerio Público determinar quiénes son los responsables”.

Este es el segundo fallo de la Corte de Apelaciones que va en esta línea. Anteriormente, en septiembre de 2015, rechazó un amparo interpuesto por el ex vicepresidente de RN, Claudio Eguiluz, dándole luz verde a la Fiscalía para formalizar sin querella del SII.

Para Navarrete “ese fallo fue un primer paso, en este segundo fallo tenemos un pronunciamiento mucho más de fondo respecto al tema. Además, es relevante destacar que se trata de la sala tributaria, o sea, lo están diciendo ministros especialistas en la materia”.

Al respecto y según explica un experto en temas tributarios “en el fondo no hay grandes diferencias desde el punto de vista jurídico. Más allá de que este último fallo está más razonado, se confirma la misma doctrina jurídica: la Fiscalía no requiere de querellas nominativas para formalizar por parte del SII”.

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