Publicidad

El matrimonio igualitario como estándar de derechos humanos

Juan Enrique Pi
Por : Juan Enrique Pi Abogado de DDHH. Presidente ejecutivo de Fundación Iguales
Ver Más


En el capítulo sobre Chile, el último informe anual de la situación de Derechos Humanos de Amnistía Internacional, publicado el 22 de febrero, se señala un avance importante ocurrido en 2017 respecto al reconocimiento de los derechos de las personas lesbianas, gays y bisexuales del país: el envío del proyecto de ley de matrimonio igualitario.

Este avance no es algo menor, especialmente considerando que es el primer proyecto que regula integralmente el matrimonio entre parejas del mismo sexo y es también el primero enviado desde el Ejecutivo: los tres proyectos anteriores habían sido mociones parlamentarias y no proponían modificaciones a otros aspectos fundamentales, como la filiación o las técnicas de reproducción asistida.

Asimismo, el envío de este proyecto ocurrió apenas meses antes de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitiera su opinión consultiva Nº24, en la que insta a todos los países de la región a garantizar el acceso a las figuras existentes en sus ordenamientos jurídicos para conformar familia a todas las parejas, incluyendo el matrimonio, en cuanto no existe una finalidad convencionalmente aceptable para diferenciar el trato en que parejas de distinto y del mismo sexo fundan una familia.

Esta opinión de la Corte es de suma importancia porque zanja de manera definitiva un aspecto sobre el que se ha discutido en los últimos años: los derechos de las personas lesbianas, gays y bisexuales son derechos humanos y, por tanto, excluirlas de ciertas instituciones civiles –como el matrimonio- solo por razón de su orientación sexual constituye una vulneración a su dignidad.

[cita tipo=»destaque»]Esta opinión de la Corte es de suma importancia porque zanja de manera definitiva un aspecto sobre el que se ha discutido en los últimos años: los derechos de las personas lesbianas, gays y bisexuales son derechos humanos y, por tanto, excluirlas de ciertas instituciones civiles –como el matrimonio- solo por razón de su orientación sexual constituye una vulneración a su dignidad.[/cita]

Es por eso que llamaron tanto la atención las declaraciones que el ministro (s) secretario general de gobierno, Omar Jara, dio a principios de febrero, cuando señaló que la administración de la Presidenta Bachelet había cumplido su compromiso en la materia con el mero envío del proyecto de ley. Si bien celebramos este importante hito, especialmente porque el proyecto presentado es bastante robusto y completo, resulta evidente que la sola presentación de un proyecto de ley no es una política pública y, en consecuencia, la voluntad política de avanzar en esta línea debe demostrarse impulsando su discusión en el Congreso.

Al día de hoy, las parejas del mismo sexo todavía no pueden acceder al contrato del matrimonio, por lo que es urgente que el gobierno ratifique su convicción en avanzar y solucionar una discriminación estructural que afecta directamente los derechos humanos de un grupo de la población. Para esto, deberá instar a la Comisión de Constitución del Senado –donde tiene mayoría- a realizar nuevas sesiones durante los primeros días de marzo, para que, al menos, se alcance a votar la idea de legislar. Mientras eso no ocurra, no habremos avanzado en la tramitación de un buen proyecto y, en definitiva, tampoco en el reconocimiento de los derechos que le corresponden a una comunidad que ha sido históricamente discriminada por nuestra sociedad y por nuestras leyes civiles.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias