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Escuelas, tribunales y derecho a la educación

Es normal que un directivo escolar sienta mellada su autoridad cuando se ve obligado a revertir una decisión drástica que ha tomado respecto de un alumno. Sin embargo, lo que aquí está ocurriendo no es una pugna de poderes (los tribunales contra los directivos escolares), sino una discusión sobre cuándo y cómo son válidas y legítimas las decisiones de las autoridades educacionales en un Estado de derecho.


La semana pasada se conoció el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que dejó sin efecto la decisión de expulsar a un grupo de alumnos del Liceo Lastarria que había participado en las movilizaciones estudiantiles del año pasado y ordenó matricularlos. No se trata del único fallo en este sentido, también ha ocurrido lo mismo en Antofagasta y Temuco. La decisión judicial ha dejado en claro que los fallos de las Cortes de Apelaciones buscan defender el derecho a acceder y a permanecer en el establecimiento educacional, protegiendo así una faceta del derecho a la educación consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño.

La situación, sin embargo, no es sencilla ya que los directivos de los colegios y los sostenedores sienten que sus decisiones, no son tenidas en cuenta y que los fallos no se hacen cargo de los efectos que éstos podrán traer.

Es normal que un directivo escolar sienta mellada su autoridad cuando se ve obligado a revertir una decisión drástica que ha tomado respecto de un alumno. Sin embargo, lo que aquí está ocurriendo no es una pugna de poderes (los tribunales contra los directivos escolares), sino una discusión sobre cuándo y cómo son válidas y legítimas las decisiones de las autoridades educacionales en un Estado de derecho.

[cita]Es normal que un directivo escolar sienta mellada su autoridad cuando se ve obligado a revertir una decisión drástica que ha tomado respecto de un alumno. Sin embargo, lo que aquí está ocurriendo no es una pugna de poderes (los tribunales contra los directivos escolares), sino una discusión sobre cuándo y cómo son válidas y legítimas las decisiones de las autoridades educacionales en un Estado de derecho.[/cita]

Por otro lado, los estudiantes reclaman que las sanciones aplicadas son arbitrarias, ya que se han aplicado sin conocimiento completo de los antecedentes y atendiendo a características personales, como ser vocero o dirigente estudiantil, y que no se relacionan con los hechos que supuestamente cometieron. En tanto, los directivos señalan que las medidas son legítimas, puesto que se ajustan a los procedimientos internos del establecimiento contenidos en el manual o reglamento de convivencia.

En consecuencia, definir si se trata de una medida arbitraria y, por lo tanto, ilegítima y no válida o legítima, es la contradicción que debe despejar la justicia. A la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño lo único que corresponde es asegurar el derecho a la educación de cada uno de esos estudiantes.

En este sentido, es importante tener presente que los manuales o reglamentos de convivencia de los establecimientos educacionales muchas veces contienen espacio para las arbitrariedades. Un estudio realizado por UNICEF y el Ministerio de Educación, mostró que la mitad de ellos contienen por acción u omisión, normas que no aseguran la plena legitimidad de los procedimientos que se adoptan y que son contrarias a disposiciones legales y tratados internacionales vigentes.

La Convención sobre los Derechos del Niño establece, sin lugar a dudas, que el derecho a educación, entendido como el derecho a acceder y permanecer en el sistema educativo, a aprender, a no ser discriminado ni maltratado en el ámbito educativo, constituye un derecho que debe ser defendido y asegurado por todos los medios. Reclama los máximos esfuerzos del Estado por asegurarlo, dado que la educación es relevante en sí misma ya que forma para la vida social, económica y personal y, a la vez, es vehículo para el mejor acceso a todos los otros derechos.

Por eso, la mejor forma de evitar que estas situaciones se repitan, es garantizar cada día más, que el Derecho entre a la escuela. En resumen, más Derecho para asegurar el derecho a la educación.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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