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Los $ 17 mil millones que enfrentan al grupo Saieh con el SII en la millonaria “pasada” de 2009-2010 en Ripley A la espera del fallo de la Suprema, Tesorería ya embargó 3 cuentas por más de $ 10 mil millones.

Los $ 17 mil millones que enfrentan al grupo Saieh con el SII en la millonaria “pasada” de 2009-2010 en Ripley

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) denunció al holding de Álvaro Saieh por los impuestos que debía pagar por la compra y venta de acciones de la multitienda en esas fechas. La arista penal del caso se cerró tras la decisión del recién renunciado Carlos Gajardo. En paralelo el SII disputó en tribunales los impuestos de la operación, acusando a Saieh de usar un fondo de inversión para evitar la tributación. En primera instancia ganó el empresario, pero la Corte de Apelaciones revocó la sentencia.


Un total de $ 17.620 millones podría terminar pagando el grupo Saieh por los tributos que el Servicio de Impuestos Internos (SII) le liquidó en el año 2013, a propósito de las ganancias que obtuvo el empresario por la compra y venta de acciones de Ripley entre mediados de 2009 y comienzos de 2010.

Así lo determinó la Corte de Apelaciones, que el 12 de octubre pasado, en fallo dividido, revirtió lo determinado en primera instancia –en abril de 2017– por el cuarto Tribunal Tributario y Aduanero, estableciendo que sí correspondía el pago. Ahora el caso escaló hasta la Corte Suprema, donde Corp Group Holding Inversiones solicitó la casación, como una última movida para librarse del cobro.

La causa alude a la compra que hizo el grupo Saieh en 2009 del 20% de las acciones de Ripley, tras adquirir un paquete al empresario Marcelo Calderón (ya fallecido). Esto, con el objetivo del grupo de ingresar al pacto controlador.

Sin embargo, en los siguientes meses a la firma del acuerdo (mayo de 2009) el ingreso del empresario al pacto no se logró, y entonces vendió casi de inmediato los papeles. Con la venta, el holding de Saieh obtuvo un mayor valor por más de $ 63 mil millones.

Lo que exige el SII es que Saieh pague $ 17 mil millones por la ganancia de capital de dichas operaciones, aunque el empresario lo rechaza. Su defensa se basa en que la compra y venta de los papeles de Ripley se hizo a través del Fondo de Inversión RCC, que no es parte del patrimonio de Corp Group Holding (CHG, en 2009 llamado Inversiones Conca) y, por ende, no corresponde descontar dicha ganancia de la base imponible de CGH.

A la espera del fallo de la Suprema, hace pocos días la Tesorería resolvió embargar tres cuentas corrientes bancarias de Inversiones Conca por un monto ya adeudado, principalmente intereses, dejando cautivos unos $ 10.800 millones.

El grupo Saieh recurrió a la Corte para pedir que deje sin efecto dicha solicitud. “Como es normal en este tipo de procedimientos, el SII ha solicitado algunas medidas –anticipadamente, dada la existencia de recursos pendientes– para garantizar el cumplimiento de la resolución, en caso de ser acogido definitivamente su posición. Como es también usual en estos procedimientos, estos apremios debiesen quedar sin efecto en el transcurso de los próximos días, una vez que la Corte Suprema resuelva la solicitud de suspensión de efectos, que fue presentada por nosotros, dada la existencia de recursos pendientes. Dado a que como empresa nunca hemos dejado de cumplir con nuestras obligaciones legales y somos respetuosos de los fallos de los tribunales, hemos planteado a la Corte que deje sin efecto esta injustificada medida”, explicó la abogada de Corp Group, Deisy Loncón.

La Suprema, en tanto, pidió hace dos días que Tesorería informe al respecto, tras lo cual analizará los antecedentes y resolverá.

El caso se origina por las mismas razones por las que el SII denunció penalmente en 2014 a los hermanos Calderón, en razón de los movimientos societarios que estos hicieron a fines de 2008, previo al ingreso de Saieh a Ripley. Un acomodo que el SII no vio con buenos ojos, por lo que finalmente se querelló a fines de 2015  contra el hijo de Álvaro Saieh, Jorge Andrés. La causa estaba a cargo del fiscal Carlos Gajardo –renunciado en los últimos días–, pero la investigación no prosperó y terminó en silencio, cerrada por el propio indagador.

La operación

A fines de 2008 uno de los dos hermanos que controlaban Ripley, Marcelo Calderón, también sufría el complejo devenir financiero que enfrentaba su propia multitienda, Johnson’s. En la búsqueda de recursos, decidió vender la mitad de su participación en Ripley (40%), donde su hermano Alberto tenía un porcentaje similar.

La operación se concretó el 6 de mayo de 2009, cuando Álvaro Saieh y Calderón firmaron un acuerdo de intenciones para la venta de dichas acciones. El precio pactado fue de $ 250, cuando ya el valor en Bolsa se incrementaba frente a los rumores de ingreso de Saieh al retailer.

El controlador de Corp Group compró el 20% de Ripley en cinco operaciones entre julio y noviembre de 2009, a un precio sustancialmente mayor. Pero el acuerdo con Calderón iba más allá. Apuntaba a entrar al pacto de accionistas de la compañía, en línea con la estrategia del dueño del holding de medios Copesa, de crear un tercer gran operador de retail con la expansión en paralelo que llevaba su cadena de supermercados, SMU.

Pero el acuerdo se cayó y Saieh vendió rápidamente los papeles a un precio mayor. Las ganancias no fueron menores: $ 63 mil millones. El detalle es que lo que a ojos del mercado fue visto como una pasada, debería haber pagado impuestos: los $ 17 mil millones que hoy el SII reclama.

Pero el holding del empresario estructura la operación con miras a evitarse la tributación. Aunque en mayo de 2009, Calderón firmó el acuerdo con Inversiones Conca (actualmente Corp Group Holding Inversiones Limitada), las operaciones de compraventa se hicieron mediante otro vehículo: el Fondo de Inversiones Privado R CC, del cual la sociedad administradora y dueña es Inversiones e Inmobiliaria RCC FIP, el único aportante de este fondo según indicó el SII en el juicio.

El acuerdo original indica que Conca (Saieh) “podría adquirir todo o parte de las acciones directamente o a través de cualquier persona jurídica designada por él”.

La trama continúa. Entre agosto y noviembre de 2009, Inversiones Bujorico vendió a RCC Fondo de Inversión Privada (FIP), representada por Inversiones e Inmobiliaria R CC S.A., las acciones comprometidas. Y entre agosto de 2009 y julio de 2010, Saieh vendió el mismo paquete, generando la millonaria “pasada”.

En su fallo, la Corte de Apelaciones sostiene que Saieh se comprometió a comprar directamente o a través de un mandatario designado para tal efecto.

El tribunal de alzada consideró que la redacción de la promesa de compraventa “deja en evidencia la existencia de la representación (…)”, agregando que en el contrato de compraventa de las acciones Conca aclara que la actuación de RCC FIP “ha intervenido en el contrato autorizado por esta última (Conca), dejando constancia además que toda promesa celebrada en este sentido se dio por finiquitada”. Con ello, razona la Corte, “se da sentido a la comparecencia del Fondo de Inversión antes individualizado, en el sentido de cumplir el contrato de compraventa…”.

Así, la Corte concluye que, para efectos jurídicos, por pertenecer al mismo dueño y por seguir el mandato en el acuerdo original, la compra de las acciones por parte de RCC FIP fue hecha a nombre de Conca, es decir, a nombre de Corp Group Holding Inversiones Limitada.

Pero Corp Group se ha defendido, de modo de continuar el debate en torno al cobro. El holding dijo en su recurso que la hipótesis de la Corte de Apelaciones es “disparatada”, pues nunca existió un mandato de Conca a RCC FIP.

Según la defensa del grupo, la Corte de Apelaciones “aceptó la forzada y equivocada tesis del SII, que ha supuesto un mandato inexistente, pasando por alto los hechos de fondo, fijados a partir del texto de los contratos celebrados entre las partes, así como la intención de estas, forzando su interpretación, que radica, finalmente, en mi representada los efectos de una operación”.

En un escrito de 40 páginas, advirtió que RCC FIP tiene su propio patrimonio y aún se mantienen los dineros en el fondo, lo que demuestra que es una sociedad distinta para efectos jurídicos, y por ende corresponde que no pague impuestos, tal como lo determinaba al momento de las operaciones la norma que elimina tributos a la ganancia de capital.

Este último punto ha sido central en la discusión, pues no habría un poder o mandato escrito, y el SII solo estaría interpretando que dicho mandato existe, al vincular todos los actos jurídicos de la operación.

De hecho, en su apelación a la Corte de Apelaciones tras la derrota en primera instancia, el SII acusa directamente al grupo Saieh de usar un subterfugio legal para no pagar impuestos y afirma que fue el propio grupo el que reconoció en el juicio que la “creación e intervención (de RCC FIP) se hizo con el único objeto de reducir su carga tributaria”.

En ese sentido indica en dicha apelación que “la compra y venta de las acciones se efectuó en la misma época, por lo cual –al no haber poseído un tiempo siquiera las acciones, y se generaran frutos por ello– no permite suponer que su intervención representaba un efectivo vehículo de inversión, como lo alegó el reclamo y confirmó el fallo (en primera instancia), y sí en cambio, que el encargo que llevó a efecto el FIP lo fue en representación de los intereses de la reclamante, y no de sus aportantes, como en rigor correspondería una manera de reducir la carga tributaria de estas operaciones”.

Así, el SII concluyó que “todo ello demuestra de un modo inequívoco que esta figura solo buscó ventajas tributarias y lo que la realidad fue que el FIP actuó por mandato, radicándose la utilidad o mayor valor en la venta de acciones exclusivamente en la CI Limitada”.

La abogada de Corp Group, Deisy Loncón, cree que revertirán la situación. “Efectivamente, la Corte Suprema está conociendo de un juicio que pretende resolver una diferencia de criterios que tenemos con el SII. En primera instancia, el tribunal tributario aduanero en su fallo acogió nuestra posición, lo que se revocó por la Corte de Apelaciones con un voto de minoría significativo del presidente de la sala. Estamos confiados de que la Corte Suprema revertirá el fallo del tribunal de alzada y confirmará la resolución del tribunal de primera instancia”, señaló.

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