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Tribunal rechaza pedido de reorganización judicial de Financoop y sombra de «liquidación forzosa» comienza a tomar fuerza Cooperativa está ligada al Grupo Norte Sur y a personajes de estrechos vínculos con la DC

Tribunal rechaza pedido de reorganización judicial de Financoop y sombra de «liquidación forzosa» comienza a tomar fuerza

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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El 30° Juzgado Civil no acogió la solicitud de la cooperativa vinculada a los ex controladores de Banco del Desarrollo, que en paralelo enfrentan la posibilidad de la liquidación de la firma, requerida por el Ministerio de Economía en el tribunal 23°. La empresa recurrirá de la resolución, mientras que el Consejo de Defensa del Estado y el Gobierno se aprestan a interponer la demanda contra la cooperativa.


Un paso clave en el objetivo del Ministerio de Economía de lograr la disolución y posterior liquidación de la Cooperativa Financoop lo aportó el 30° Juzgado Civil de Santiago el lunes pasado.

Ese día, la jueza suplente de dicho tribunal, Claudia Salgado Rubilar, emitió una resolución que rechaza la solicitud de procedimiento concursal de reorganización presentada el 28 de agosto pasado por los representantes de Financoop, el ex titular de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif), Ernesto Livacic, y el ex gerente general del Banco del Desarrollo, Daniel Albarrán.

El objetivo del requerimiento –que reemplaza a la antigua figura de convenio judicial– era buscar un acuerdo con los acreedores de la entidad. Esto, para acordar el pago de las deudas y mantener así en funcionamiento la cooperativa.

Dicha solicitud fue cuestionada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y el Departamento de Cooperativas (Decoop) del Ministerio de Economía el 30 de agosto pasado, advirtiendo que dicha medida afectaría directamente a otra causa iniciada antes por ellos, ante el 23° Juzgado Civil de Santiago, en la que el Estado está pidiendo la disolución y posterior liquidación (disolución forzosa) de la cooperativa por “contravención grave o inobservancia de ley o de los estatutos sociales”, señalada en la Ley General de Cooperativas, en su artículo 43.

El caso se abrió el 10 de agosto pasado con la medida prejudicial aludida, la cual fue concedida por dicho tribunal el 14 de agosto último y que significó la orden de retención de bienes, prohibición de realizar actos y contratos, innominada de suspensión y el nombramiento del interventor Juan Manuel Valenzuela. Con esta medida, de facto Financoop quedó paralizada y, en efecto, sus oficinas se encuentran cerradas y con una alta incertidumbre sobre el futuro.

Según lo que ha informado la autoridad, Financoop –que comenzó a operar en 2006, pero tuvo un acelerado crecimiento desde 2015– ocultó la real situación de su cartera de créditos, con préstamos vencidos que estarían muy por sobre lo informado por la cooperativa, lo que habría ocurrido por diversos manejos irregulares en la contabilidad de la compañía, situación que –según el Gobierno– solo habría sido conocida en julio, tras una fiscalización in situ a la cooperativa.

Financoop, por el contrario, asegura que fueron ellos los que en abril pasado informaron la situación que ocurría al Departamento de Cooperativas de la cartera que hoy dirige Jorge Rodríguez Grossi –aunque en todo ese período la lideró el recientemente renunciado Luis Felipe Céspedes– y que solo pudieron conocerla cuando hubo cambio en el consejo de administración de Financoop este año. De hecho, la cooperativa despidió a Patricio Riquelme Guajardo, el hoy ex gerente general de la firma, y tenía en mente un plan para sacar de la cooperativa los créditos vencidos a una fundación, de todo lo cual estaría informado Economía.

Con la resolución de la jueza del 30° Juzgado Civil, la apuesta de Economía y el CDE de lograr la disolución y liquidación de Financoop toma fuerza y, en los próximos días, presentarían la demanda contra la compañía para iniciar el juicio.

Sin embargo, desde Financoop no dan por perdida la batalla en el 30° Juzgado y acusan una evidente inconsistencia de parte de la jueza Salgado.

El fallo

En su resolución, Salgado explica que si bien Financoop entregó la documentación necesaria para iniciar un proceso de reorganización judicial, su situación financiera no lo hace necesario, lo cual es parte importante de la Ley 20.720 de Cooperativas.

“(…) Que a la luz de dicha normativa, en particular del artículo 56, teniendo presente el espíritu de la Ley y a la vista la documentación acompañada por la Cooperativa, es posible establecer que aquella no resulta suficiente para estimar fundadamente que Financoop se encuentra en la hipótesis del artículo 55 y siguientes de la citada Ley, por cuanto si bien da a conocer que mantiene un significativo activo, como también diversos acreedores y aun cuando el Balance del año tributario 2016 no fue observado positivamente en la respectiva auditoria, lo cierto es que de tales antecedentes no se desprende de manera clara e inequívoca una notoria y significativa disminución total de sus ingresos habituales, como tampoco se avizora que por ello existe un evidente riesgo de dejar de cumplir con sus obligaciones crediticias”, consigna la jueza.

En esa línea, Salgado agrega que la propia historia fidedigna de la ley deja en claro que las leyes concursales “deben ser entendidas por la ciudadanía como una herramienta para solucionar los problemas de insolvencia de las empresas, de lo cual fluye que precisamente la insolvencia es la que debe quedar de manifiesto en la solicitud que motiva pedir la reorganización”.

Así, advierte que, si bien la entrega de la documentación formal por parte de la requirente buscar “dar cumplimiento a estándares mínimos de formalidad y seriedad en la petición que pone en marcha esta alternativa”, ello no impide que de la misma información “debe también fluir certeramente que existe un actual estado de insolvencia o un inminente riego en cesar los pagos comprometidos”. Y eso, a la jueza, no le quedó claro.

El abogado de Financoop, Rodrigo Zegers, asegura que la resolución de Salgado los dejó “perplejos”, pues mientras el Decoop señala en el otro juzgado que Financoop no tiene patrimonio, la referida jueza afirma que no requiere reestructurar pasivos, pues no existe riesgo de impago de sus compromisos.

En efecto, en la medida prejudicial presentada por Economía y el CDE ante el 23° Juzgado, afirman que a comienzos de julio pasado realizaron una fiscalización en las oficinas de la cooperativa y, entre otros documentos, encontraron el informe de Sergio Álvarez –un auditor contratado por Financoop para revisar su contabilidad–, de mayo de este año, el que revelaría que la información financiera de la firma no reflejaba la realidad interna.

La cooperativa, según Economía, hasta ese momento les había dicho que la pérdida acumulada a diciembre de 2016 (unos $ 1.500 millones) era equivalente a un 25% del patrimonio, pero, al incluir el informe de Álvarez, dicha pérdida llega al 171% del patrimonio. No es la única cifra cuestionada. Hace unos días el interventor presentó un escrito al 30° Juzgado, estimando en un 75% la cartera vencida , lo que dista del tercio que, según Álvarez, estaría impago, aunque Financoop refuta dichas cifras.

“La resolución (de Salgado, del 30° Juzgado Civil) es contradictoria con lo que dice el otro tribunal (el 23°), donde la Decoop afirma que esta cooperativa ha perdido todo el patrimonio. Aquí tenemos a una jueza que dice que estudió todos los antecedentes que le aportamos y resulta que no se justifica la reorganización, no hay necesidad de reestructurar pasivos de la empresa deudora, no hay mérito para iniciar un proceso de reorganización, pues no está en insolvencia y por ende no tiene necesidad de acogerse a ese procedimiento”, señala Zegers.

En todo caso, la medida prejudicial de la Decoop apunta al incumplimiento de la ley y los estatutos (la manipulación de la información financiera) como motivo de la medida de liquidación forzosa planteada ante el 23° Juzgado, dado que, por lo ocurrido al interior de la cooperativa, sus socios, ahorrantes, depositantes, el órgano fiscalizador y el mercado en general, no están recibiendo información fidedigna.

Zegers adelanta que recurrirán de la decisión ante el 30° Juzgado y que, en caso de resolución contraria, irán a las Cortes.

“Como abogado creo que la jueza está obligada a darle curso a la reorganización, no tiene la facultad para analizar el mérito de la información que acompañamos. Ella no puede rechazar la solicitud y por eso creo que va a ser revertida. Si no, es absurdo”, dice el profesional.

Mientras Financoop recurre de la decisión de Salgado, el Decoop y CDE preparan la demanda contra la cooperativa, la que presentarán al tribunal 23° en los próximos días, según indican fuentes allegadas a la causa.

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